Tercero. Organización.
Tercero de la Orden de 1 de agosto de 1995 por la que se establecen el Reglamento y las normas de régimen interior de la Comisión Interministerial para los Productos de Construcción. · BOE-A-1995-19102
Atención: BOE-A-1995-19102 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Comisión Interministerial para los Productos de Construcción podrá actuar en Pleno o en Comité Permanente. Este último ejercerá por razones de urgencia y operatividad, las funciones que el Pleno le delegue. La Comisión conocerá en Pleno de aquellos asuntos y expedientes que, después de haber sido objeto de consideración por el Comité Permanente, estime el Presidente que deban serlo por aquél en razón de su importancia.