TERCERA PARTE
Tercera parte de la Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, de 23 de noviembre. · BOE-A-2013-10269
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
Cuentas anuales
1. Normas de elaboración de las cuentas anuales.
1. Documentos que integran las cuentas anuales.
Las cuentas anuales comprenden el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de liquidación del presupuesto y la memoria. Estos documentos forman una unidad y deben ser redactados con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto de la entidad de conformidad con este Plan de Cuentas.
2. Formulación de las cuentas anuales.
1. Las cuentas anuales deberán ser formuladas por la entidad en el plazo establecido por la legislación vigente.
2. Las cuentas anuales se referirán al año natural, salvo en los casos de disolución o creación de la entidad. En los casos de disolución de una entidad las cuentas anuales se referirán al periodo que va desde el 1 de enero hasta la fecha de disolución, mientras que en los casos de creación de una entidad, las cuentas anuales se referirán al periodo que va desde la fecha de creación hasta el 31 de diciembre de dicho ejercicio.
3. El balance, la cuenta del resultado económico patrimonial, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de liquidación del presupuesto y la memoria deberán estar identificados; indicándose de forma clara y en cada uno de dichos documentos su denominación, la entidad a la que corresponden y el ejercicio a que se refieren.
4. Las cuentas anuales se elaborarán expresando sus valores en euros.
3. Estructura de las cuentas anuales.
Las cuentas anuales de las entidades deberán adaptarse a los modelos establecidos en este Plan de Cuentas.
Cuando la entidad contable realice operaciones no contempladas en este Plan de Cuentas y sí en el Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración local, la estructura de las cuentas anuales deberá adaptarse a la contemplada en dicho Plan para presentar tales operaciones.
4. Normas comunes al balance, la cuenta de resultado económico patrimonial y el estado de cambios en el patrimonio neto.
Sin perjuicio de lo dispuesto en las normas particulares de cada uno de los estados que componen las cuentas anuales, el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial y el estado de cambios en el patrimonio neto se formularán teniendo en cuenta las siguientes reglas:
1. En cada partida deberán figurar, además de las cifras del ejercicio que se cierra las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior, salvo en la primera parte del estado de cambios en el patrimonio neto. A estos efectos, cuando unas y otras no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura de las cuentas, bien por realizarse un cambio de criterio contable o subsanación de error o bien porque se ha producido una reorganización administrativa, se deberá proceder a adaptar los importes del ejercicio precedente a efectos de su presentación en el ejercicio al que se refieren las cuentas anuales, informando de ello en la memoria.
2. No podrán modificarse los criterios de registro y valoración de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán y justificarán en la memoria.
3. No figurarán las partidas a las que no corresponda importe alguno en el ejercicio ni en el precedente.
4. Cuando proceda, cada partida contendrá una referencia cruzada a la información correspondiente dentro de la memoria.
5. Balance.
El balance comprende con la debida separación, el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la entidad, y deberá formularse teniendo en cuenta que:
1. La clasificación entre partidas corrientes y no corrientes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Un activo debe clasificarse como activo corriente cuando:
a.1) Se espere realizar en el corto plazo, es decir, dentro del periodo de doce meses contados a partir de la fecha de las cuentas anuales, o
a.2) Se trate de efectivo u otro medio líquido equivalente.
Todos los demás activos deben clasificarse como no corrientes.
No obstante lo anterior, las partidas incluidas en los epígrafes correspondientes al inmovilizado no financiero figurarán en el activo no corriente aunque se esperen realizar en el corto plazo.
b) Un pasivo debe clasificarse como pasivo corriente cuando deba liquidarse a corto plazo, es decir, dentro del periodo de doce meses a partir de la fecha de las cuentas anuales.
Todos los demás pasivos deben clasificarse como no corrientes.
2. Las correcciones valorativas por deterioro y las amortizaciones acumuladas minorarán la partida del activo en la que figure el correspondiente elemento patrimonial.
3. Los desembolsos pendientes sobre participaciones minorarán la partida del activo en la que figure la correspondiente inversión financiera.
4. La partida 3, «Bienes del patrimonio histórico», del epígrafe, A.II, «Inmovilizado material» del activo, incluirá todos los bienes que participen de esta naturaleza con independencia de que estén siendo utilizados o no por la entidad.
5. El epígrafe A.VI del activo, «Deudores y otras cuentas a cobrar a largo plazo» incluirá las cuentas deudoras del epígrafe B.I del activo con vencimiento superior a un año.
6. Por su parte, las subvenciones pendientes de imputar a resultados, de acuerdo con lo previsto en la norma de reconocimiento y valoración n.º 13, «Transferencias y subvenciones», se registrarán en el epígrafe A.III, «Subvenciones recibidas pendientes de imputación a resultados», del pasivo.
7. El epígrafe B.III del pasivo, «Acreedores y otras cuentas a pagar a largo plazo» incluirá las cuentas acreedoras del epígrafe C.III del pasivo con vencimiento superior a un año.
8. Cuando no se pueda reexpresar en la columna relativa al ejercicio anterior una corrección de un error material o un cambio de criterio, en su caso se deberá informar en la memoria.
6. Cuenta del resultado económico patrimonial.
Esta cuenta recoge el resultado económico patrimonial obtenido en el ejercicio y está formada por los ingresos y los gastos del mismo, excepto cuando proceda su imputación directa al patrimonio neto de acuerdo con lo previsto en las normas de reconocimiento y valoración. La cuenta del resultado económico patrimonial se formulará teniendo en cuenta que:
1. Los ingresos y los gastos se clasificarán de acuerdo con su naturaleza económica.
2. El importe correspondiente a los ingresos tributarios y urbanísticos, las prestaciones de servicios y otros ingresos de gestión ordinaria se reflejará en la cuenta del resultado económico patrimonial por su importe neto.
3. Las transferencias y subvenciones recibidas se imputarán al resultado económico patrimonial de acuerdo con la correspondiente norma de reconocimiento y valoración y se reflejarán en las siguientes partidas:
a) Las subvenciones recibidas para financiar gastos del ejercicio, las transferencias y las subvenciones recibidas para la cancelación de pasivos que no supongan una financiación específica de un elemento patrimonial, se reflejarán en la partida 2.a), «Transferencias y subvenciones recibidas. Del ejercicio».
b) Las subvenciones recibidas para financiar activos no corrientes de carácter amortizable (materiales, intangibles, inversiones inmobiliarias y patrimonio público del suelo), las recibidas para la cancelación de un pasivo que suponga una financiación específica de un elemento patrimonial de los anteriores y las recibidas para financiar activos no corrientes y no amortizables que exijan realizar determinadas aplicaciones de fondos figurarán en la partida 2.b), «Transferencias y subvenciones recibidas. Imputación de subvenciones para el inmovilizado no financiero».
c) Las subvenciones recibidas para financiar activos corrientes o gastos corrientes de ejecución plurianual se reflejarán en la partida 2.c), «Transferencias y subvenciones recibidas. Imputación de subvenciones para activos corrientes y otras».
d) Si los activos a que se refiere el apartado b) anterior se enajenaran o dieran de baja, las subvenciones recibidas para su financiación que estuvieran pendientes de imputación a resultados se reflejarán en la partida 11.c), «Deterioro de valor y resultados por enajenación del inmovilizado no financiero. Imputación de subvenciones para el inmovilizado no financiero». En esta misma partida figurarán las subvenciones recibidas para financiar activos no corrientes y no amortizables.
e) Cuando la subvención financie un gasto o un activo de naturaleza financiera, el ingreso correspondiente se incluirá en la partida 17, «Subvenciones para la financiación de operaciones financieras».
4. La partida 6, «Excesos de provisiones», recoge estas operaciones, mientras que las dotaciones e incrementos de provisiones se incluirán en la partida de gastos correspondiente en función de su naturaleza.
5. Los resultados derivados de la venta del inmovilizado intangible o material, así como los originados por la enajenación de inversiones inmobiliarias o de patrimonio público del suelo se reflejarán en la partida 11.b), «Deterioro de valor y resultados por enajenación del inmovilizado no financiero. Bajas y enajenaciones».
6. Los resultados originados fuera de la actividad normal de la entidad así como de su control, como por ejemplo, las multas o sanciones soportadas se incluirán en la partida 12, «Otras partidas no ordinarias», informando de ello en la memoria.
7. El deterioro de los derechos a cobrar incluidos en los epígrafes del balance A.VI, «Deudores y otras cuentas a cobrar a largo plazo» y B.I, «Deudores y otras cuentas a cobrar a corto plazo» se reflejará en la partida 16, «Deterioro de valor, bajas y enajenaciones de activos y pasivos financieros».
8. La línea «+ Ajustes en la cuenta del resultado del ejercicio anterior» recogerá los ajustes derivados de un error material o un cambio de criterio en el resultado del ejercicio anterior que no se puedan registrar en sus conceptos definitivos, y sólo admitirá importe (positivo o negativo) en la columna correspondiente al ejercicio anterior al de referencia de las cuentas. El importe de esta misma columna correspondiente a la última línea «Resultado del ejercicio anterior ajustado» se obtendrá por agregación del importe de la línea de «+ Ajustes en la cuenta del resultado del ejercicio anterior» y del importe de la línea «IV. Resultado (ahorro o desahorro) neto del ejercicio».
9. El importe de las cuentas con saldo acreedor figurará con signo positivo y el de las cuentas con saldo deudor con signo negativo.
7. Estado de cambios en el patrimonio neto.
El estado de cambios en el patrimonio neto está dividido en dos partes:
1. Estado total de cambios en el patrimonio neto.
2. Estado de operaciones patrimoniales con la entidad o entidades propietarias.
Dichos estados tendrán la estructura que figura en los modelos de cuentas anuales.
A los efectos de dar información en la memoria sobre las partidas de dichos estados, cuando sea significativa, se considerarán los importes brutos incluidos en cada partida, en lugar del importe neto de la misma, en el caso de partidas en las que se integren importes de distinto signo.
1. En la primera parte, «Estado total de cambios en el patrimonio neto», se informará de todos los cambios habidos en el patrimonio neto distinguiendo entre:
– Los ajustes en el patrimonio neto debidos a cambios de criterios contables y correcciones de errores.
– Los ingresos y gastos reconocidos en el ejercicio.
– Las operaciones patrimoniales con la entidad o entidades propietarias, en las que éstas actúen como tales.
– Otras variaciones que se produzcan en el patrimonio neto.
2. La segunda parte, «Estado de operaciones patrimoniales con la entidad o entidades propietarias», es un desarrollo del epígrafe D.2 del «Estado total de cambios en el patrimonio neto»:
En la columna relativa al ejercicio inmediatamente anterior al que se cierra figurarán los importes ajustados, es decir, las operaciones de dicho ejercicio corregidas, en su caso, por los ajustes por cambios de criterio y correcciones de errores.
En relación con la información sobre las operaciones patrimoniales con la entidad o entidades propietarias en las partidas 1, «Aportación patrimonial dineraria», y 2, «Aportación de bienes y derechos», se incluirán las aportaciones recibidas de la entidad o entidades propietarias ya sea como aportación patrimonial inicial directa o como posteriores ampliaciones como consecuencia de asunción de nuevas competencias por la entidad contable.
En la partida 3, «Asunción y condonación de pasivos financieros», se incluirán las aportaciones efectuadas por la entidad o entidades propietarias mediante la asunción o condonación de pasivos financieros de la entidad contable.
En la partida 4, «Otras aportaciones de la entidad o entidades propietarias», se incluirán las aportaciones patrimoniales distintas de las anteriores.
Las devoluciones efectuadas a la entidad o entidades propietarias, por ejemplo, por la reversión de bienes y derechos adscritos, se presentarán minorando la partida en la que se hubiese registrado la aportación patrimonial.
8. Estado de liquidación del Presupuesto.
El Estado de liquidación del Presupuesto, comprende, con la debida separación, la liquidación del Presupuesto de gastos y del Presupuesto de ingresos de la entidad, así como el Resultado presupuestario.
La liquidación del Presupuesto de gastos y la liquidación del Presupuesto de ingresos se presentarán al menos con el nivel de desagregación del Presupuesto aprobado y de sus modificaciones posteriores. La liquidación del Presupuesto de gastos se presentará, además, agrupando los créditos en función de los niveles de vinculación jurídica, es decir, resumida por bolsas de vinculación jurídica de los créditos.
En la liquidación del Presupuesto de ingresos, en la columna denominada «derechos anulados» se incluirán los derechos anulados por anulación de liquidaciones, cobradas previamente o no, así como, los anulados por aplazamiento o fraccionamiento; en la columna denominada «derechos cancelados» se incluirán los cobros en especie y los derechos cancelados por insolvencias y otras causas. Asimismo, en la columna denominada «derechos reconocidos netos» se incluirá el total de derechos reconocidos durante el ejercicio minorado por el total de derechos anulados y cancelados durante el mismo. En la columna, «exceso/defecto previsión», se recogerá la diferencia entre los derechos reconocidos netos y las previsiones de ingreso definitivas.
El Resultado presupuestario del ejercicio es la diferencia entre los derechos presupuestarios netos liquidados durante el ejercicio y las obligaciones presupuestarias netas reconocidas durante el mismo período y deberá, en su caso, ajustarse en función de las obligaciones financiadas con remanente de tesorería para gastos generales y de las desviaciones de financiación del ejercicio derivadas de gastos con financiación afectada.
Los derechos reconocidos netos y las obligaciones reconocidas netas que conforman el resultado presupuestario se presentarán en las siguientes agrupaciones:
a) Operaciones corrientes: operaciones imputadas a los capítulos 1 a 5 del Presupuesto.
b) Operaciones de capital: operaciones imputadas a los capítulos 6 y 7 del Presupuesto.
c) Activos financieros: operaciones imputadas al capítulo 8 del Presupuesto.
d) Pasivos financieros: operaciones imputadas al capítulo 9 del Presupuesto.
9. Memoria.
La memoria completa, amplía y comenta la información contenida en los otros documentos que integran las cuentas anuales. Se formulará teniendo en cuenta que:
a) El modelo de memoria recoge la información mínima a cumplimentar; no obstante, en aquellos casos en que la información que se solicita no sea significativa no se cumplimentarán las notas correspondientes a la misma. Si como consecuencia de lo anterior ciertas notas carecieran de contenido y, por tanto, no se cumplimentaran, se mantendrá, para aquellas notas que sí tengan contenido, la numeración prevista en el modelo de memoria de este Plan y se incorporará en dicha memoria una relación de aquellas notas que no tengan contenido.
b) Deberá indicarse cualquier otra información no incluida en el modelo de la memoria que sea necesaria para permitir el conocimiento de la situación y actividad de la entidad en el ejercicio, facilitando la comprensión de las cuentas anuales objeto de presentación, con el fin de que las mismas reflejen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la liquidación del presupuesto de la entidad contable.
c) Cuando en los apartados de la Memoria se incluyan cuadros para reflejar toda o parte de la información que se solicita será obligatoria su cumplimentación.
d) La información contenida en la Memoria relativa al Estado de liquidación del Presupuesto se presentará con el mismo nivel de desagregación que éste.
e) Con carácter general, en relación con la nota 15, «Operaciones por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos», las entidades contables que administren recursos por cuenta de otros entes públicos sólo vendrán obligadas a cumplimentar la información relativa a «1. Obligaciones derivadas de la gestión», así como la información relativa a «2. Entes públicos, cuentas corrientes en efectivo» en el caso de que efectúen entregas a cuenta a las entidades titulares.
Además, vendrán obligadas a cumplimentar la información relativa a «3. Desarrollo de la gestión» cuando no hubieran suministrado a las entidades titulares de los recursos la información necesaria para que éstas hubiesen incorporado a su presupuesto todas las operaciones derivadas de la gestión realizada.
2. MODELOS DE CUENTAS ANUALES
BALANCE
N ° CUENTA
ACTIVO
NOTAS EN MEMORIA
20XX
20XX-1
N ° CUENTA
PATRIMONIO NETO Y PASIVO
NOTAS EN MEMORIA
20XX
20XX-1
A) Activo no corriente
A) Patrimonio neto
200, (280) (290)
I. Inmovilizado intangible
100, 101
I. Patrimonio
II. Inmovilizado material
II. Patrimonio generado
210, 211, (2810), (2811), (2910), (2911), (2990), (2991),
1 Terrenos y construcciones
120
1 Resultados de ejercicios anteriores
212, (2812), (2912), (2992),
2. Infraestructuras
129
2 Resultado del ejercicio
213, (2813), (2913), (2993)
3 Bienes del patrimonio histórico
13
III. Subvenciones recibidas pendientes de imputación a resultados
214, 215, 216, 217, 218, 219, (2814), (2815), (2816), (2817), (2818), (2819), (2914), (2915), (2916), (2917), (2918), (2919), (2999)
4 Otro inmovilizado material
B) Pasivo no corriente
230
5. Inmovilizado material en curso y anticipos
14
I. Provisiones a largo plazo
III. Inversiones inmobiliarias
II. Deudas a largo plazo
220, 221, (282), (292)
1 Terrenos y construcciones
170, 177
1. Deudas con entidades de crédito
231
2. Inversiones inmobiliarias en curso y anticipos
178, 179, 180
2. Otras deudas
IV Patrimonio público del suelo
172
III. Acreedores y otras cuentas a pagar a largo plazo
240, 241, (2840), (2841), (2930), (2931),
1. Terrenos y construcciones
C) Pasivo corriente
243
2. En curso y anticipos
58
I. Provisiones a corto plazo
249, (2849) (2939),
3. Otro patrimonio público del suelo
II. Deudas a corto plazo
V. Inversiones financieras a largo plazo
520, 521, 527
1. Deudas con entidades de crédito
260, (269), (294)
1. Inversiones financieras en patrimonio
528, 529, 560
2. Otras deudas
261, 262, 266, 267, (295), (296)
2 Créditos y valores representativos de deuda
III. Acreedores y otras cuentas a pagar a corto plazo
268, 270, (298)
3 Otras inversiones financieras
40
1. Acreedores por operaciones presupuestarias
265, (297)
VI. Deudores y otras cuentas a cobrar a largo plazo
41, 522, 550, 554,559
2. Otras cuentas a pagar
B) Activo corriente
47
3. Administraciones públicas
I. Deudores y otras cuentas a cobrar a corto plazo
45
4. Acreedores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos
43, (4900)
1. Deudores por operaciones presupuestarias
485, 568
IV. Ajustes por periodificación
44, 550, 555, 558, (4901)
2. Otras cuentas a cobrar
47
3. Administraciones públicas
45
4. Deudores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos
II. Inversiones financieras a corto plazo
540, (549), (594)
1. Inversiones financieras en patrimonio
541, 542, 546, 547, (595), (596)
2. Créditos y valores representativos de deuda
545, 548, 565, (598)
3. Otras inversiones financieras
480, 567
III. Ajustes por periodificación
IV. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
577
1. Activos líquidos equivalentes
556, 570, 571, 573, 574, 575
2. Tesorería
TOTAL ACTIVO (A+B)
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A+B+C)
CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO PATRIMONIAL
N.º CUENTA
NOTAS EN MEMORIA
20XX
20XX-1
1. Ingresos tributarios y urbanísticos
72,73
a) Impuestos
740,742
b) Tasas
744
c) Contribuciones especiales
745, 746
d) Ingresos urbanísticos
2. Transferencias y subvenciones recibidas
a) Del ejercicio
750
a1) Transferencias
751
a2) Subvenciones recibidas para financiar gastos del ejercicio
752
a3) Subvenciones para cancelación de pasivos que no supongan financiación específica de un elemento patrimonial
7530
b) Imputación de subvenciones para el inmovilizado no financiero
754
c) Imputación de subvenciones para activos corrientes y otras
741
3. Prestación de servicios
780,781,782,783, 784
4. Trabajos realizados por la entidad para su inmovilizado
777
5. Otros ingresos de gestión ordinaria
795
6. Excesos de provisiones
A) TOTAL INGRESOS DE GESTIÓN ORDINARIA (1+2+3+4+5+6)
(640)
7. Gastos de personal
(650)
8. Transferencias y subvenciones concedidas
9. Otros gastos de gestión ordinaria
(62)
a) Suministros y servicios exteriores
(630), (676)
b) Tributos y otros
(68)
10. Amortización del inmovilizado
B) TOTAL GASTOS DE GESTIÓN ORDINARIA (7+8+9+10)
I. Resultado (ahorro o desahorro) de la gestión ordinaria (A+B)
11. Deterioro de valor y resultados por enajenación del inmovilizado no financiero
(690), (691), (692), (693), 790, 791, 792, 793, 799
a) Deterioro de valor
770, (670)
b) Bajas y enajenaciones
7531
c) Imputación de subvenciones para el inmovilizado no financiero
12. Otras partidas no ordinarias
775,778
a) Ingresos
(678)
b) Gastos
II. Resultado de las operaciones no financieras (I +11+12)
13. Ingresos financieros
760
a) De participaciones en instrumentos de patrimonio
761, 769
b) De valores representativos de deuda, de créditos y de otras inversiones financieras
14. Gastos financieros
(662), (669)
a) Por deudas
785, 786, 787,
788, 789
b) Gastos financieros imputados al activo
764, (664)
15. Variación del valor razonable en activos financieros
765, (665), 796, 797, 798, (667), (696), (697), (698)
16. Deterioro de valor, bajas y enajenaciones de activos y pasivos financieros
755, 756
17 Subvenciones para la financiación de operaciones financieras
III. Resultado de las operaciones financieras (13+14+15+16+17)
IV. Resultado (ahorro o desahorro) neto del ejercicio (II + III)
+ Ajustes en la cuenta del resultado del ejercicio anterior
Resultado del ejercicio anterior ajustado (IV + Ajustes)
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
1. ESTADO TOTAL DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
NOTAS EN MEMORIA
I. Patrimonio
II. Patrimonio generado
III. Subvenciones recibidas
TOTAL
A. PATRIMONIO NETO AL FINAL DEL EJERCICIO 20XX-1
B. AJUSTES POR CAMBIOS DE CRITERIOS CONTABLES Y CORRECCIÓN DE ERRORES
C. PATRIMONIO NETO INICIAL AJUSTADO DEL EJERCICIO 20XX (A+B)
D. VARIACIONES DEL PATRIMONIO NETO EJERCICIO 20XX
1. Ingresos y gastos reconocidos en el ejercicio
2. Operaciones patrimoniales con la entidad o entidades propietarias
3. Otras variaciones del patrimonio neto
E. PATRIMONIO NETO AL FINAL DEL EJERCICIO 20XX (C+D)
2. ESTADO DE OPERACIONES PATRIMONIALES CON LA ENTIDAD O ENTIDADES PROPIETARIAS
NOTAS EN MEMORIA
20XX
20XX-1
1. Aportación patrimonial dineraria.
2. Aportación de bienes y derechos.
3. Asunción y condonación de pasivos financieros.
4. Otras aportaciones de la entidad o entidades propietarias.
TOTAL.
ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
I. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
GASTOS COMPROMETIDOS
(4)
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS
(5)
PAGOS
(6)
OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO A 31 DE DICIEMBRE
(7=5-6)
REMANENTES DE CRÉDITO
(8=3-5)
INICIALES
(1)
MODIFICACIONES
(2)
DEFINITIVOS
(3=1+2)
TOTAL
II. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
PREVISIONES PRESUPUESTARIAS
DERECHOS RECONOCIDOS
(4)
DERECHOS ANULADOS
(5)
DERECHOS CANCELADOS
(6)
DERECHOS RECONOCIDOS NETOS
(7=4-5-6)
RECAUDACIÓN NETA
(8)
DERECHOS PENDIENTES DE COBRO A 31 DE DICIEMBRE
(9=7-8)
EXCESO/DEFECTO PREVISIÓN
(10=7-3)
INICIALES
(1)
MODIFICACIONES
(2)
DEFINITIVAS
(3=1+2)
TOTAL
III. RESULTADO PRESUPUESTARIO
CONCEPTOS
DERECHOS RECONOCIDOS NETOS
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS
AJUSTES
RESULTADO PRESUPUESTARIO
a) Operaciones corrientes.
–
–
–
b) Operaciones de capital
–
–
–
1. Total operaciones no financieras (a+b)
–
–
–
c) Activos financieros
–
–
–
d) Pasivos financieros
–
–
–
2. Total operaciones financieras (c+d)
–
–
–
I. RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (I = 1+2)
–
–
–
AJUSTES:
3. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales
–
4. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio
–
5. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio
–
II. TOTAL AJUSTES (II = 3+4-5)
–
–
RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II)
–
MEMORIA
CONTENIDO DE LA MEMORIA
1. Organización y Actividad.
2. Gestión indirecta de servicios públicos, convenios y otras formas de colaboración.
3. Bases de presentación de las cuentas.
4. Normas de reconocimiento y valoración.
5. Inmovilizado material.
6. Patrimonio público del suelo.
7. Inversiones inmobiliarias.
8. Inmovilizado intangible.
9. Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar.
10. Activos financieros.
11. Pasivos financieros.
12. Tesorería y activos líquidos equivalentes.
13. Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos.
14. Provisiones.
15. Operaciones por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos.
16. Operaciones no presupuestarias de tesorería.
17. Valores recibidos en depósito.
18. Información presupuestaria.
19. Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios.
20. Hechos posteriores al cierre.
1. Organización y Actividad.
Se informará sobre:
1. Población oficial y cuantos otros datos de carácter socioeconómico contribuyan a la identificación de la entidad.
2. Norma de creación de la entidad (no será necesario informar acerca de la norma de creación del Municipio, la Provincia y la Isla).
3. Actividad principal de la entidad (no será necesario informar acerca de la actividad de la Administración General del Municipio, la Provincia y la Isla), su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación. En el supuesto de servicios públicos gestionados de forma indirecta, se indicará la forma de gestión.
4. Descripción de las principales fuentes de ingresos y, en su caso, tasas y precios públicos percibidos.
5. Consideración fiscal de la entidad a efectos del impuesto de sociedades y, en su caso, operaciones sujetas a IVA y porcentaje de prorrata.
6. Estructura organizativa básica, en sus niveles político y administrativo.
7. Número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre, tanto funcionarios como personal laboral, distinguiendo por categorías y sexos.
8. Identificación, en su caso, de la entidad o entidades propietarias y porcentaje de participación de éstas en el patrimonio de la entidad contable.
2. Gestión indirecta de servicios públicos, convenios y otras formas de colaboración.
En relación con los servicios públicos gestionados de forma indirecta, los convenios y otras formas de colaboración, cuando tengan un importe significativo, la entidad informará, junto con los datos identificativos de la entidad con la que se efectúe la gestión, el convenio o la colaboración, sobre:
1. En la gestión indirecta: el objeto, plazo, los bienes de dominio público afectos a la gestión, las aportaciones no dinerarias, las transferencias o subvenciones comprometidas durante la vida de la concesión, los anticipos reintegrables, los préstamos participativos, subordinados o de otra naturaleza concedidos por el titular del servicio al gestor y los bienes objeto de reversión.
2. En los convenios: el objeto, el plazo y las transferencias o subvenciones comprometidas durante la vida del convenio.
3. En el caso de otras formas de colaboración público-privadas: el objeto, el plazo y las trasferencias o subvenciones comprometidas durante la vida del acuerdo de colaboración, así como en su caso el precio acordado.
3. Bases de presentación de las cuentas.
Se informará sobre:
1. Imagen fiel:
a) Requisitos de la información, principios contables públicos y criterios contables no aplicados por interferir el objetivo de la imagen fiel y, en su caso, incidencia en las cuentas anuales.
b) Principios, criterios contables aplicados e información complementaria necesaria para alcanzar el objetivo de imagen fiel y ubicación de ésta en la memoria.
2. Comparación de la información:
a) Explicación de las causas que impiden la comparación de las cuentas anuales del ejercicio con las del precedente.
b) Explicación de la adaptación de los importes del ejercicio precedente para facilitar la comparación o, en su caso, de la imposibilidad de realizar esta adaptación.
3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores.
4. Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativos.
4. Normas de reconocimiento y valoración.
Se indicarán los criterios contables aplicados en relación con las siguientes partidas:
1. Inmovilizado material; indicando los criterios sobre amortización, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de gran reparación o inspección general, costes de desmantelamiento del activo y restauración de su emplazamiento, y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado material.
2. Patrimonio público del suelo; especificando para los terrenos, construcciones y demás bienes y derechos integrantes de este patrimonio los criterios señalados en el apartado 1 anterior.
3. Inversiones inmobiliarias; señalando el criterio para calificar los terrenos y construcciones como inversiones inmobiliarias, especificando para éstas los criterios señalados en el apartado 1 anterior.
4. Inmovilizado intangible; indicando los criterios utilizados de capitalización o activación, amortización y correcciones valorativas por deterioro.
Justificación de las circunstancias que han llevado a calificar como indefinida la vida útil de un inmovilizado intangible.
5. Arrendamientos; describiendo las circunstancias tenidas en cuenta para calificar los arrendamientos de financieros.
6. Permutas; indicando el criterio seguido y la justificación de su aplicación, en particular, las circunstancias que han llevado a considerar a una permuta como de activos no similares desde un punto de vista funcional o vida útil.
7. Activos y pasivos financieros; indicando:
a) Para los activos financieros:
– Criterios empleados para la calificación y valoración de las diferentes categorías de activos financieros, así como para el reconocimiento de cambios de valor razonable.
– La naturaleza de los clasificados inicialmente como a valor razonable con cambios en la cuenta del resultado económico patrimonial, así como los criterios aplicados en dicha clasificación y una explicación de cómo la entidad ha cumplido los requerimientos señalados en la norma de registro y valoración relativa a activos financieros.
– Los criterios aplicados para determinar la existencia de evidencia objetiva de deterioro, así como de registro de la corrección de valor y su reversión y la baja definitiva de activos financieros deteriorados. Asimismo, se indicarán los criterios contables aplicados a los activos financieros cuyas condiciones hayan sido renegociadas y que, de otro modo, estarían vencidos o deteriorados.
b) Criterios empleados para el registro de la baja de activos financieros y pasivos financieros.
c) Los criterios empleados en la determinación de los ingresos o gastos procedentes de las distintas categorías de instrumentos financieros: intereses, primas o descuentos, dividendos, etc.
8. Ingresos y gastos; indicando los criterios generales aplicados.
9. Provisiones; indicando el criterio de valoración así como, en su caso, el tratamiento de las compensaciones a recibir de un tercero.
10. Transferencias y subvenciones; indicando el criterio empleado para su clasificación y, en su caso, su imputación a resultados.
Opcionalmente, esta información podrá incluirse en aquellas notas de la Memoria que correspondan a los elementos patrimoniales afectados.
5. Inmovilizado material.
1. Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones valorativas acumuladas, indicando lo siguiente:
a) Saldo inicial.
b) Entradas.
c) Aumentos por traspasos de otras partidas.
d) Salidas.
e) Disminuciones por traspasos a otras partidas.
f) Correcciones valorativas netas por deterioro del ejercicio (dotaciones menos reversiones de dotaciones).
g) Amortizaciones del ejercicio.
h) Saldo final.
2. Información sobre:
a) Costes estimados de desmantelamiento del activo y de la restauración de su emplazamiento incluidos como mayor valor de los activos, así como grandes reparaciones o inspecciones generales incorporadas, especificando las circunstancias que se han tenido en cuenta para su valoración.
b) Vidas útiles o coeficientes de amortización utilizados en los diferentes tipos de elementos, así como información, en su caso, sobre los coeficientes aplicados a distintas partes de un mismo elemento.
c) Siempre que tenga incidencia significativa en el ejercicio presente o en ejercicios futuros, se informará de los cambios de estimación que afecten a valores residuales, a los costes estimados de desmantelamiento del activo y la restauración de su emplazamiento, vidas útiles y métodos de amortización, así como grandes reparaciones o inspecciones generales.
d) Importe de los gastos financieros capitalizados, en su caso, en el ejercicio.
e) Bienes recibidos en adscripción, a nivel de partida de balance, con indicación, de su valor activado, amortización y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.
Identificación de los bienes recibidos en adscripción durante el ejercicio.
f) Identificación de los entes a los que se hayan entregado bienes en adscripción durante el ejercicio.
g) Identificación de los bienes recibidos en cesión durante el ejercicio.
h) Identificación de los entes a los que se hayan entregado bienes en cesión durante el ejercicio.
i) Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar de importe significativo sobre bienes del inmovilizado material, sin perjuicio de la información requerida en otras partes de la memoria.
j) Se informará de los bienes que se encuentren destinados al uso general, distinguiendo entre infraestructuras, bienes comunales y bienes del patrimonio histórico, desglosando la información por tipos en el primer y segundo caso, y para el caso de los bienes del patrimonio histórico, distinguiendo, al menos, entre construcciones y el resto.
k) Valor activado en el ejercicio de los bienes construidos por la entidad, cuando sea de un importe significativo.
l) Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a bienes del inmovilizado material, tal como garantías, restricciones de titularidad, litigios y situaciones análogas.
6. Patrimonio público del suelo.
Se dará la información requerida en la nota anterior.
7. Inversiones inmobiliarias.
Se dará la información requerida en la nota 5 relativa al inmovilizado material.
8. Inmovilizado intangible.
1. Análisis del movimiento durante el ejercicio de este epígrafe del balance y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones valorativas acumuladas, indicando lo siguiente:
a) Saldo inicial.
b) Entradas.
c) Aumentos por traspasos de otras partidas.
d) Salidas.
e) Disminuciones por traspasos a otras partidas.
f) Correcciones valorativas netas por deterioro (dotaciones menos reversiones de dotaciones).
g) Amortizaciones del ejercicio.
h) Saldo final.
2. Información sobre:
a) Vidas útiles o coeficientes de amortización utilizados en los diferentes tipos de elementos.
b) Siempre que tenga incidencia significativa en el ejercicio presente o en ejercicios futuros se informará de los cambios de estimación que afecten a valores residuales, vidas útiles y métodos de amortización.
c) Importe de los gastos financieros capitalizados, en su caso, en el ejercicio.
d) Importe agregado de los desembolsos por investigación y desarrollo que se han reconocido como gastos durante el ejercicio, así como la justificación del cumplimiento de las circunstancias que soportan la capitalización de gastos de investigación y desarrollo.
e) Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte al inmovilizado intangible, tal como garantías, restricciones de titularidad, litigios y situaciones análogas.
9. Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar.
Los arrendatarios suministrarán la siguiente información:
– Para cada clase de activos, el importe por el que se ha reconocido inicialmente el activo, la suma de las cuotas distinguiendo la parte que corresponda a la recuperación del coste del bien y la carga financiera, el importe por el que se pudiese ejercer la opción de compra, si la hubiere, y la deuda pendiente de pago.
– Una descripción general de los acuerdos significativos de arrendamiento financiero.
– A los activos que surjan de estos contratos, les será de aplicación la información a incluir en memoria correspondiente a la naturaleza de los mismos, establecidas en las notas anteriores, relativas a inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, inmovilizado intangible y patrimonio público del suelo.
10. Activos financieros.
Para los activos financieros, excepto los incluidos en los epígrafes A.VI, «Deudores y otras cuentas a cobrar a largo plazo», B.I, «Deudores y otras cuentas a cobrar a corto plazo» y B.IV «Efectivo y otros activos líquidos equivalentes» del balance, se informará sobre:
1. Información relacionada con el balance.
a) Se presentará un estado resumen de la conciliación entre la clasificación de activos financieros del balance y las categorías que se establecen de los mismos en la norma de reconocimiento y valoración n.º 7, «Activos Financieros», de acuerdo con la siguiente estructura:
CLASES
CATEGORÍAS
ACTIVOS FINANCIEROS A LARGO PLAZO
ACTIVOS FINANCIEROS A CORTO PLAZO
TOTAL
INVERSIONES FINANCIERAS EN PATRIMONIO
VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA
OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS
INVERSIONES FINANCIERAS EN PATRIMONIO
VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA
OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
ACTIVOS FINANCIEROS A COSTE AMORTIZADO
ACTIVOS FINANCIEROS A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS
ACTIVOS FINANCIEROS A COSTE
TOTAL
b) Activos financieros entregados en garantía.
La entidad informará del valor contable de los activos financieros entregados en garantía así como de la clase de activos financieros a la que pertenecen.
c) Correcciones por deterioro del valor.
La entidad informará, para cada clase de activo financiero, del movimiento de las cuentas correctoras utilizadas para registrar el deterioro de valor, para lo cual cumplimentará el siguiente estado:
MOVIMIENTO CUENTAS CORRECTORAS
CLASES DE ACTIVOS FINANCIEROS
SALDO INICIAL
DISMINUCIONES DE VALOR POR DETERIORO CREDITICIO DEL EJERCICIO
REVERSIÓN DEL DETERIORO CREDITICIO EN EL EJERCICIO
SALDO FINAL
Activos financieros a Largo Plazo
Inversiones en patrimonio
Valores representativos de deuda
Otras inversiones
Activos financieros a Corto Plazo
Inversiones en patrimonio
Valores representativos de la deuda
Otras inversiones
2. Otra información.
Cualquier otra información de carácter sustantivo que afecte a los activos financieros.
11. Pasivos financieros.
Para los pasivos financieros, excepto para los incluidos en los epígrafes B.III, «Acreedores y otras cuentas a pagar a largo plazo» y C.III, «Acreedores y otras cuentas a pagar a corto plazo», del balance, se informará sobre:
1. Situación y movimientos de las deudas:
Para cada deuda se cumplimentará la información requerida en el estado 1 a) Deudas al coste amortizado.
Asimismo, se presentará un estado resumen con la estructura que figura en el estado 1 b) Resumen de las deudas.
1. SITUACIÓN Y MOVIMIENTOS DE LAS DEUDAS
a) Deudas al coste amortizado.
IDENTIFICACIÓN DEUDA
T.I.E.
DEUDA AL 1 ENERO
CREACIONES
INTERESES DEVENGADOS
INTERESES DEVENGADOS
(7)
DISMINUCIONES
DEUDA AL 31 DICIEMBRE
COSTE AMORTIZADO
(1)
INTERESES EXPLÍCITOS
(2)
EFECTIVO
(3)
GASTOS
(4)
EXPLÍCITOS
(5)
RESTO
(6)
VALOR CONTABLE
(8)
RESULTADO
(9)
COSTE AMORTIZADO
(10)=(1)+(3)-(4)+(6)-(8)
INTERESES EXPLÍCITOS
(11)=(2)+(5)-(7)
TOTAL
b) Resumen de las deudas.
CLASES
IDENTIFICACIÓN DEUDA
LARGO PLAZO
CORTO PLAZO
TOTAL
DEUDAS CON ENTIDADES DE CRÉDITO
OTRAS DEUDAS
DEUDAS CON ENTIDADES DE CRÉDITO
OTRAS DEUDAS
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
20XX
20XX-1
TOTAL
2. Líneas de crédito. Para cada línea de crédito se informará del importe disponible, indicando también el límite concedido, la parte dispuesta, y la comisión, en porcentaje, sobre la parte no dispuesta, según el siguiente formato:
IDENTIFICACIÓN
LÍMITE CONCEDIDO
DISPUESTO
DISPONIBLE
COMISIÓN S/NO DISPUESTO
TOTAL
3. Avales y otras garantías concedidas.
a) Para cada aval concedido se informará de la fecha de concesión del aval, de la fecha de su vencimiento, de su finalidad, del importe máximo garantizado, detallando su evolución durante el ejercicio, y de las provisiones netas (dotaciones menos reversiones) que se hayan dotado, de acuerdo con el detalle del cuadro que se adjunta.
b) Para cada aval ejecutado en el año se informará de los pagos efectuados por razón de la ejecución, indicando las aplicaciones presupuestarias (o conceptos no presupuestarios) a que se hubieran imputado, de acuerdo con el detalle del cuadro que se adjunta.
c) Asimismo, se informará de las cantidades percibidas por la entidad durante el ejercicio como consecuencia de avales ejecutados en el año o en años anteriores, y de las aplicaciones presupuestarias (o conceptos no presupuestarios) a las que se hubieran imputado de acuerdo con el detalle del cuadro que se adjunta.
La misma información que para los avales se presentará en relación con otras garantías que hubiera concedido la entidad contable.
3. AVALES Y OTRAS GARANTÍAS CONCEDIDAS
a) Avales concedidos.
IDENTIFICACIÓN AVAL
ENTIDAD AVALADA
FECHA CONCESIÓN AVAL
FECHA VENCIMIENTO AVAL
FINALIDAD AVAL
AVALES PENDIENTES
A 1 DE ENERO
AVALES CONCEDIDOS EN EL EJERCICIO
AVALES CANCELADOS EN EL EJERCICIO
AVALES PENDIENTES A 31 DE DICIEMBRE
PROVISIONES
NIF
DENOMINACIÓN
POR EJECUCIÓN
POR OTRAS CAUSAS
TOTAL
EJERCICIO
ACUMULADA
TOTAL
b) Avales ejecutados.
IDENTIFICACIÓN AVAL
ENTIDAD AVALADA
FECHA CONCESIÓN AVAL
FECHA VENCIMIENTO AVAL
FINALIDAD AVAL
AVALES CANCELADOS EN EL EJERCICIO POR EJECUCIÓN
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
CONCEPTO NO PRESUPUESTARIO
NIF
DENOMINACIÓN
TOTAL
c) Avales reintegrados.
AÑO DE EJECUCIÓN
IMPORTE REINTEGRADO EN EL EJERCICIO
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
CONCEPTO NO PRESUPUESTARIO
TOTAL
4. Otra información:
a) El importe de las deudas con garantía real.
b) Cualquier otra información de carácter sustantivo que afecte a los pasivos financieros.
12. Tesorería y activos líquidos equivalentes.
Se informará de cada una de las cajas y cuentas bancarias de la entidad, totalizando por cada una de las cuentas incluidas en el epígrafe B.IV del Activo, «Efectivo y otros activos líquidos equivalentes», e indicando su saldo inicial, cobros, pagos y saldo final de acuerdo con el siguiente cuadro:
N.º CUENTA
CÓDIGO CUENTA BANCARIA
DESCRIPCIÓN
SALDO INICIAL
COBROS
PAGOS
SALDO FINAL
13. Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos.
Se informará sobre:
1. Importe y características de las transferencias y subvenciones recibidas, cuyo importe sea significativo, así como sobre el cumplimiento o incumplimiento de las condiciones impuestas para la percepción y disfrute de las subvenciones, el criterio de imputación a resultados y los importes imputados.
2. Importe y características de las transferencias y subvenciones concedidas, cuyo importe sea significativo. Además se facilitará la siguiente información:
a) Normativa con base en la cual se han efectuado o concedido
b) Importe de las obligaciones reconocidas durante el ejercicio.
c) Datos identificativos de la entidad receptora.
Se añadirá la siguiente información con respecto a las subvenciones concedidas:
d) Finalidad.
e) Reintegros que se hubiesen producido durante el ejercicio por incumplimiento de condiciones o requisitos, con especificación de su causa.
3. Cualquier circunstancia de carácter sustantivo que afecte a los ingresos o a los gastos de la entidad.
14. Provisiones.
Para cada provisión reconocida en el balance, salvo las relativas a avales y otras garantías concedidas, deberá indicarse:
a) Análisis del movimiento de cada epígrafe del balance durante el ejercicio, indicando:
– Saldo inicial.
– Aumentos.
– Disminuciones.
– Saldo final.
b) Naturaleza de la obligación asumida, así como el calendario previsto para hacer frente a la obligación.
c) Estimaciones y procedimientos de cálculo aplicados para la valoración de los correspondientes importes y las incertidumbres que pudieran aparecer en dichas estimaciones. Se justificarán, en su caso, los ajustes que haya procedido realizar.
d) Importes de cualquier derecho de reembolso, señalando las cantidades que, en su caso, se hayan reconocido en el balance por esos derechos.
15. Operaciones por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos.
En relación con las operaciones de administración de recursos que contablemente deban ser registradas a través de cuentas del subgrupo 45, «Deudores y acreedores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos», se habrá de obtener la información que se indica en los cuadros correspondientes:
1. Obligaciones derivadas de la gestión.
Esta información se presentará para cada entidad titular y por cada uno de los conceptos representativos de los recursos gestionados.
2. Entes públicos, cuentas corrientes en efectivo.
Esta información se presentará para cada entidad titular.
3. Desarrollo de la gestión:
a) Resumen.
b) Derechos anulados.
c) Derechos cancelados.
d) Devoluciones de ingresos.
Esta información se presentará para cada uno de los conceptos representativos de los recursos gestionados.
La cumplimentación de esta información sobre el desarrollo de la gestión sólo será obligatoria en el caso previsto en la norma e) de elaboración de la memoria.
OPERACIONES POR ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS POR CUENTA DE OTROS ENTES PÚBLICOS
1. Obligaciones derivadas de la gestión.
ENTE TITULAR
CONCEPTO
PENDIENTE DE PAGO A 1 DE ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
RECAUDACIÓN LÍQUIDA
REINTEGROS
TOTAL A PAGAR
PAGOS REALIZADOS
PENDIENTE DE PAGO A 31 DE DICIEMBRE
NIF
DENOMINACIÓN
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL ENTE TITULAR
TOTAL ENTE TITULAR
TOTAL
2. Entes públicos, cuentas corrientes en efectivo.
ENTE TITULAR
CARGO
ABONO
SALDO A 31 DE DICIEMBRE
NIF
DENOMINACIÓN
SALDO INICIAL DEUDOR
PAGOS
TOTAL CARGO
SALDO INICIAL ACREEDOR
COBROS
TOTAL ABONO
DEUDOR
ACREEDOR
TOTAL
3. Desarrollo de la gestión.
a) Resumen.
CONCEPTO
DERECHOS PENDIENTES DE COBRO A 1 DE ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
DERECHOS RECONOCIDOS
DERECHOS ANULADOS
DERECHOS CANCELADOS
RECAUDACIÓN NETA
DERECHOS PENDIENTES DE COBRO A 31 DE DICIEMBRE
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL
b) Derechos anulados.
CONCEPTO
ANULACIÓN DE LIQUIDACIONES
DEVOLUCIÓN DE INGRESOS
TOTAL DERECHOS ANULADOS
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL
c) Derechos cancelados.
CONCEPTO
COBROS EN ESPECIE
INSOLVENCIAS
PRESCRIPCIONES
OTRAS CAUSAS
TOTAL DERECHOS CANCELADOS
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL
d) Devoluciones de ingresos.
CONCEPTO
PENDIENTES DE PAGO A 1 DE ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL Y ANULACIONES
RECONOCIDAS EN EL EJERCICIO
TOTAL DEVOLUCIONES RECONOCIDAS
PRESCRIPCIONES
PAGADAS EN EL EJERCICIO
PENDIENTES DE PAGO A 31 DE DICIEMBRE
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL
16. Operaciones no presupuestarias de tesorería.
Se informará sobre las operaciones no presupuestarias de tesorería que comprenden aquellas operaciones realizadas durante el ejercicio que hayan dado lugar al nacimiento o extinción de:
– Deudores y acreedores que, de acuerdo con la normativa vigente para la entidad, no deban imputarse al presupuesto de la misma, ni en el momento de su nacimiento ni en el de su vencimiento.
– Partidas representativas de cobros y pagos pendientes de aplicación definitiva, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.
Esta información se compondrá de los siguientes estados:
1. Estado de deudores no presupuestarios.
2. Estado de acreedores no presupuestarios.
3. Estado de partidas pendientes de aplicación:
a) Cobros pendientes de aplicación.
b) Pagos pendientes de aplicación.
En dichos estados se presentará para las distintas cuentas y conceptos de operaciones no presupuestarias en que se desarrollen, el detalle de las realizadas en el ejercicio, mostrando su situación y movimientos, de acuerdo con los cuadros adjuntos correspondientes.
OPERACIONES NO PRESUPUESTARIAS DE TESORERÍA
1. Estado de deudores no presupuestarios.
CUENTA
CONCEPTO
SALDO A 1 ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
CARGOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO
TOTAL DEUDORES
ABONOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO
DEUDORES PENDIENTES DE COBRO A 31 DICIEMBRE
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL CUENTA
TOTAL CUENTA
TOTAL
2. Estado de acreedores no presupuestarios.
CUENTA
CONCEPTO
SALDO A 1 ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
ABONOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO
TOTAL ACREEDORES
CARGOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO
ACREEDORES PENDIENTES DE COBRO A 31 DICIEMBRE
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL CUENTA
TOTAL CUENTA
TOTAL
3. Estado de partidas pendientes de aplicación.
a) Cobros pendientes de aplicación.
CUENTA
CONCEPTO
COBROS PENDIENTES DE APLICACIÓN A 1 ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
COBROS REALIZADOS EN EL EJERCICIO
TOTAL COBROS PENDIENTES APLICACIÓN
COBROS APLICADOS EN EL EJERCICIO
COBROS PENDIENTES APLICACIÓN A 31 DICIEMBRE
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL CUENTA
TOTAL CUENTA
TOTAL
b) Pagos pendientes de aplicación.
CUENTA
CONCEPTO
PAGOS PENDIENTES DE APLICACIÓN A 1 ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
PAGOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO
TOTAL PAGOS PENDIENTES APLICACIÓN
PAGOS APLICADOS EN EL EJERCICIO
PAGOS PENDIENTES APLICACIÓN A 31 DICIEMBRE
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL CUENTA
TOTAL CUENTA
TOTAL
17. Valores recibidos en depósito.
Se informará, para cada uno de los conceptos mediante los que se registren contablemente los valores depositados, dentro de los cuales se incluyen los avales y seguros de caución recibidos, con el detalle que presenta el cuadro adjunto.
ESTADO DE VALORES RECIBIDOS EN DEPÓSITO
CONCEPTO
SALDO A 1 DE ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
DEPÓSITOS RECIBIDOS EN EJERCICIO
TOTAL DEPÓSITOS RECIBIDOS
DEPÓSITOS CANCELADOS
DEPÓSITOS PENDIENTES DE DEVOLUCIÓN A 31 DE DICIEMBRE
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
TOTAL
18. Información presupuestaria.
La información a suministrar versará sobre los siguientes aspectos:
18.1. Ejercicio corriente.
1) Presupuesto de gastos.
a) Modificaciones de crédito.
Información sobre las modificaciones de crédito de acuerdo con el detalle que presenta el cuadro adjunto.
EJERCICIO CORRIENTE
Presupuesto de gastos
a) Modificaciones de crédito.
APLICACIÓN PRESU- PUESTARIA
DESCRIPCIÓN
CRÉDITOS EXTRAOR- DINARIOS
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
AMPLIACIONES DE CRÉDITO
TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO
INCORPORACIONES DE REMANENTES DE CRÉDITO
CRÉDITOS GENERADOS POR INGRESOS
BAJAS POR ANULACIÓN
AJUSTES POR PRÓRROGA
TOTAL MODIFICA- CIONES
POSITIVAS
NEGATIVAS
TOTAL
b) Remanentes de crédito.
Información sobre los remanentes de crédito de acuerdo con el detalle que presenta el cuadro adjunto.
EJERCICIO CORRIENTE
Presupuesto de gastos
b) Remanentes de crédito.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
REMANENTES COMPROMETIDOS
REMANENTES NO COMPROMETIDOS
INCORPORABLES
NO INCORPORABLES
TOTAL
INCORPORABLES
NO INCORPORABLES
TOTAL
TOTAL
2) Presupuesto de ingresos.
a) Proceso de gestión.
Información sobre derechos anulados, cancelados y sobre la recaudación neta de acuerdo con el detalle que presentan los cuadros adjuntos correspondientes.
EJERCICIO CORRIENTE
Presupuesto de ingresos
a.1) Derechos anulados.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
ANULACIÓN DE LIQUIDACIONES
APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO
DEVOLUCIÓN DE INGRESOS
TOTAL DERECHOS ANULADOS
TOTAL
a.2) Derechos cancelados.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
COBROS EN ESPECIE
INSOLVENCIAS
OTRAS CAUSAS
TOTAL DERECHOS CANCELADOS
TOTAL
a.3) Recaudación neta.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
RECAUDACIÓN TOTAL
DEVOLUCIONES DE INGRESO
RECAUDACIÓN NETA
TOTAL
b) Devoluciones de ingresos.
Información sobre:
– Devoluciones pendientes de pago a 1 de enero.
– Modificaciones al saldo inicial y anulaciones de devoluciones acordadas en ejercicios anteriores.
– Devoluciones reconocidas durante el ejercicio.
– Total de devoluciones.
– Prescripciones.
– Pagos realizados en el ejercicio.
– Devoluciones pendientes de pago a 31 de diciembre.
b) Devoluciones de ingresos.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
PENDIENTES DE PAGO A 1 DE ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL Y ANULACIONES
RECONOCIDAS EN EL EJERCICIO
TOTAL DEVOLUCIONES RECONOCIDAS
PRESCRIPCIONES
PAGADAS EN EL EJERCICIO
PENDIENTES DE PAGO A 31 DE DICIEMBRE
TOTAL
18.2. Ejercicios cerrados.
1) Presupuesto de gastos. Obligaciones de presupuestos cerrados.
Para cada ejercicio se presentará información sobre las obligaciones de presupuestos cerrados con el detalle que presenta el cuadro adjunto.
EJERCICIOS CERRADOS
Presupuesto de gastos
1. Obligaciones de presupuestos cerrados
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO A 1 DE ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL Y ANULACIONES
TOTAL OBLIGACIONES
PRESCRIPCIONES
PAGOS REALIZADOS
OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO A 31 DE DICIEMBRE
TOTAL
2) Derechos a cobrar de presupuestos cerrados.
Para cada ejercicio se presentará información sobre los derechos a cobrar de presupuestos cerrados de acuerdo con el detalle de los cuadros adjuntos correspondientes.
EJERCICIOS CERRADOS
Presupuesto de ingresos
2. Derechos a cobrar de presupuestos cerrados.
a) Derechos pendientes de cobro totales.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
DERECHOS PENDIENTES DE COBRO A 1 DE ENERO
MODIFICACIONES SALDO INICIAL
DERECHOS ANULADOS
DERECHOS CANCELADOS
RECAUDACIÓN
DERECHOS PENDIENTES DE COBRO A 31 DE DICIEMBRE
TOTAL
b) Derechos anulados.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
ANULACIÓN DE LIQUIDACIONES
APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO
TOTAL DERECHOS ANULADOS
TOTAL
c) Derechos cancelados.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
COBROS EN ESPECIE
INSOLVENCIAS
PRESCRIPCIONES
OTRAS CAUSAS
TOTAL DERECHOS CANCELADOS
TOTAL
18.3. Ejercicios posteriores.
Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores.
Información sobre los compromisos de gasto adquiridos durante el ejercicio, así como en los precedentes, imputables a presupuestos de ejercicios sucesivos, con el detalle que presenta el cuadro adjunto.
EJERCICIOS POSTERIORES
Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
COMPROMISOS DE GASTO ADQUIRIDOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO
(AÑO)
(AÑO)
(AÑO)
(AÑO)
AÑOS SUCESIVOS
TOTAL
18.4. Ejecución de proyectos de gasto.
Se presentará información individualizada de los proyectos de gasto que estuviesen en ejecución en 1 de enero o que se hubiesen iniciado en el ejercicio, con el detalle que presentan los cuadros adjuntos.
En la columna «Financiación afectada» se indicará si el proyecto cuenta con recursos afectados a su financiación.
EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE GASTO
1. Resumen de ejecución.
CÓDIGO PROYECTO
DENOMINACIÓN
AÑO DE INICIO
DURACIÓN
GASTO PREVISTO
GASTO COMPROMETIDO
OBLIGACIONES RECONOCIDAS
GASTO PENDIENTE DE REALIZAR
FINANCIACIÓN AFECTADA
A 1 DE ENERO
EN EL EJERCICIO
TOTAL
TOTAL
2. Anualidades pendientes.
CÓDIGO PROYECTO
DENOMINACIÓN
GASTO PENDIENTE DE REALIZAR
(AÑO)
(AÑO)
(AÑO)
AÑOS SUCESIVOS
TOTAL
18.5. Gastos con financiación afectada.
Se informará para cada gasto con financiación afectada de las desviaciones de financiación por agente, tanto del ejercicio como acumuladas, de acuerdo con el detalle que presenta el cuadro adjunto.
GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA
Desviaciones de financiación por agente financiador
CÓDIGO DE GASTO
DESCRIPCIÓN
AGENTE FINANCIADOR
COEFICIENTE DE FINANCIACIÓN
DESVIACIONES DEL EJERCICIO
DESVIACIONES ACUMULADAS
TERCERO
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
POSITIVAS
NEGATIVAS
POSITIVAS
NEGATIVAS
TOTAL
18.6. Remanente de tesorería.
Se incluirá información sobre el remanente de tesorería con el detalle que contempla el cuadro adjunto. Asimismo, se incluirá información detallada de los saldos de dudoso cobro que comprenderá, al menos, el método de estimación y los criterios establecidos por la entidad para la determinación de su cuantía, así como los importes obtenidos por aplicación de dichos criterios.
El remanente de tesorería se obtiene como suma de los fondos líquidos más los derechos pendientes de cobro, deduciendo las obligaciones pendientes de pago y agregando las partidas pendientes de aplicación, de conformidad con los criterios siguientes:
1. Su cuantificación se efectuará tomando en consideración el saldo a fin de ejercicio de las cuentas que intervienen en su cálculo.
2. Los fondos líquidos a fin de ejercicio están constituidos por los saldos disponibles en cajas de efectivo y cuentas bancarias, salvo aquellos que se hayan dotado con imputación al presupuesto, así como por aquellas inversiones financieras, de carácter no presupuestario, que reúnan el suficiente grado de liquidez, en que se hayan materializado excedentes temporales de tesorería. A estos efectos, no se tendrán en cuenta los saldos de las cuentas 574 «Caja restringida» y 575 «Bancos e instituciones de crédito. Cuentas restringidas de pagos», ni la parte del saldo de la cuenta 577 «Activos líquidos equivalentes al efectivo» que tenga tratamiento presupuestario.
3. En los derechos pendientes de cobro se distinguirá:
a) El importe de los derechos pendientes de cobro del presupuesto corriente. Este importe se obtiene del saldo de la cuenta 430 «Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos corriente».
b) El importe de los derechos pendientes de cobro de presupuestos cerrados. Este importe se obtiene del saldo de la cuenta 431 «Deudores por derechos reconocidos. Presupuestos de ingresos cerrados».
c) El importe de los derechos pendientes de cobro correspondientes a cuentas de deudores que, de acuerdo con la normativa vigente, no son presupuestarios y tampoco lo serán en el momento de su vencimiento. Este importe se obtiene por agregación de los siguientes:
– La parte del saldo de la cuenta 270 «Fianzas y depósitos constituidos a largo plazo», que corresponda a aquellas fianzas y depósitos que se hayan tratado de forma no presupuestaria.
– El importe correspondiente a las deudas de terceros como consecuencia de la repercusión del IVA. Dicho importe viene dado por el saldo de la cuenta 440 «Deudores por IVA repercutido».
– El importe de los créditos a favor de la entidad como consecuencia de los ingresos efectuados en las entidades encargadas de la gestión de cobro. Dicho importe viene dado por el saldo de la cuenta 442 «Deudores por servicio de recaudación».
– El importe correspondiente al resto de deudores no presupuestarios que continuarán siendo no presupuestarios a su vencimiento. Dicho importe viene dado por el saldo de la cuenta 449 «Otros deudores no presupuestarios».
– En el caso de que se gestionen, liquiden y recauden recursos por cuenta de otros entes públicos, el importe de los créditos a favor del sujeto contable que existan, generalmente como consecuencia de las entregas a cuenta realizadas. Dicho importe se obtiene generalmente de los saldos deudores de la cuenta 456 «Entes públicos, c/c efectivo».
– El importe correspondiente a los saldos de las cuentas del subgrupo 47 «Administraciones Públicas» que pongan de manifiesto la situación deudora de las mismas, es decir, los saldos de las cuentas 470 «Hacienda pública, deudor por diversos conceptos» y 471 «Organismos de Previsión Social, deudores».
Cuando el sujeto contable realice operaciones sujetas al IVA y existan cantidades pendientes de liquidar, también habrá de considerarse el saldo de la cuenta 472 «Hacienda Pública, IVA soportado».
– Los saldos deudores de la cuenta 550 «Cuentas corrientes no bancarias».
– La parte del saldo de la cuenta 565 «Fianzas y depósitos constituidos a corto plazo» que corresponda a aquellas fianzas y depósitos que se hayan tratado de forma no presupuestaria.
4. En las obligaciones pendientes de pago se distinguirá:
a) El importe de las obligaciones pendientes de pago del presupuesto corriente. Este importe se obtiene del saldo de la cuenta 400 «Acreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente».
b) El importe de las obligaciones pendientes de pago de presupuestos cerrados. Este importe se obtiene del saldo de la cuenta 401 «Acreedores por obligaciones reconocidas. Presupuestos de gastos cerrados».
c) El importe de las obligaciones pendientes de pago correspondientes a cuentas de acreedores que, de acuerdo con la normativa vigente, no son presupuestarios y tampoco lo serán en el momento de su vencimiento. Este importe se obtiene por agregación de los siguientes:
– La parte del saldo de la cuenta 180 «Fianzas y depósitos recibidos a largo plazo», que corresponda a aquellas fianzas y depósitos que se hayan tratado de forma no presupuestaria.
– El importe pendiente de pago a los acreedores como consecuencia del IVA soportado que tiene la condición de deducible. Dicho importe viene dado por el saldo de la cuenta 410 «Acreedores por IVA soportado».
– El importe correspondiente al resto de acreedores no presupuestarios que continuarán siendo no presupuestarios a su vencimiento. Dicho importe viene dado por el saldo de la cuenta 419 «Otros acreedores no presupuestarios».
– En el caso de que se gestionen, liquiden y recauden recursos por cuenta de otros entes públicos, el importe de los débitos a cargo del sujeto contable que existan como consecuencia de los recursos recaudados. Dicho importe se obtiene del saldo de la cuenta 453 «Entes públicos por ingresos pendientes de liquidar». Asimismo, se habrá de incluir el importe de los débitos de la entidad como consecuencia de las entregas a cuenta efectuadas a los entes titulares de los recursos. Dicho importe viene dado por los saldos acreedores de la cuenta 456 «Entes públicos, c/c efectivo».
Si al finalizar el ejercicio existiesen cobros pendientes de aplicación definitiva relativos a recursos de otros entes públicos, se habrá de aumentar el importe de los débitos a cargo del sujeto contable en la cuantía de los mencionados cobros, calculándose ésta como la parte que del saldo de la cuenta 554 «Cobros pendientes de aplicación» corresponda a dichos recursos.
– El importe correspondiente a los saldos de las cuentas del subgrupo 47 «Administraciones Públicas» que pongan de manifiesto la situación acreedora de las mismas, es decir, los saldos de las cuentas 475 «Hacienda Pública, acreedor por diversos conceptos» y 476 «Organismos de Previsión Social, acreedores».
Cuando el sujeto contable realice operaciones sujetas al IVA y existan cantidades pendientes de liquidar, también habrá de incluirse el saldo de la cuenta 477 «Hacienda Pública. IVA repercutido».
– El importe de las deudas contraídas por la entidad para cubrir desfases temporales de tesorería. Dicho importe viene dado por el saldo de la cuenta 521 «Deudas por Operaciones de Tesorería».
– Los saldos acreedores de la cuenta 550 «Cuentas corrientes no bancarias».
– La parte del saldo de la cuenta 560 «Fianzas y depósitos recibidos a corto plazo», que corresponda a aquellas fianzas y depósitos que se hayan tratado de forma no presupuestaria.
5. En las partidas pendientes de aplicación se distinguirán:
a) Las cantidades cobradas pendientes de aplicación definitiva recogidas en las cuentas 554 «Cobros pendientes de aplicación» y 559 «Otras partidas pendientes de aplicación». Se exceptúan aquellos cobros pendientes de aplicación definitiva relativos a recursos de otros entes públicos, que se incluirán como obligaciones pendientes de pago.
b) Las cantidades pagadas pendientes de aplicación definitiva en las que se incluyen, además de las recogidas en la cuenta 555 «Pagos pendientes de aplicación», las comprendidas en el saldo de la cuenta 558 «Provisiones de fondos para pagos a justificar y anticipos de caja fija» que correspondan a pagos derivados de anticipos de caja fija pendientes de reposición.
6. El remanente de tesorería disponible para la financiación de gastos generales se determina minorando el remanente de tesorería en el importe de los derechos pendientes de cobro que, en fin de ejercicio, se consideren de difícil o imposible recaudación y en el exceso de financiación afectada producido.
7. El importe de los derechos pendientes de cobro de difícil o imposible recaudación (saldos de dudoso cobro) viene dado por la parte del saldo de las cuentas o subcuentas que se relacionan, que corresponda a derechos de cobro que se hayan considerado para el cálculo del remanente de tesorería total:
a) 298 «Deterioro de valor de otras inversiones financieras a largo plazo».
b) 4900 «Deterioro de valor de deudores presupuestarios».
c) 4901 «Deterioro de valor de deudores no presupuestarios».
d) 598 «Deterioro de valor de otras inversiones financieras a corto plazo».
Para determinar el importe de los saldos de dudoso cobro se deberá tener en cuenta la antigüedad de las deudas, el importe de las mismas, la naturaleza de los recursos de que se trate, los porcentajes de recaudación tanto en período voluntario como en vía ejecutiva y los demás criterios de valoración que de forma ponderada se establezcan por la entidad local.
8. El exceso de financiación afectada está constituido por la suma de las desviaciones de financiación positivas acumuladas a fin de ejercicio. Estas desviaciones se calculan en la forma establecida en la regla 30.5 de la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local.
El exceso de financiación afectada sólo podrá tomar valor cero o positivo.
ESTADO DEL REMANENTE DE TESORERÍA
N.º DE CUENTAS
COMPONENTES
20XX
20XX-1
57,556
1. (+) Fondos líquidos
–
–
2. (+) Derechos pendientes de cobro
–
–
430
– (+) del Presupuesto corriente
–
–
431
– (+) de Presupuestos cerrados
–
–
270,440,442,449,456, 470,471,472,,550,565
– (+) de operaciones no presupuestarias
–
–
3. ( - ) Obligaciones pendientes de pago
–
–
400
– (+) del Presupuesto corriente
–
–
401
– (+) de Presupuestos cerrados
–
–
180, 410, 419, 453, 456, 475, 476, 477, 521, 550, 560
– (+) de operaciones no presupuestarias
–
–
4. (+) Partidas pendientes de aplicación
–
–
554, 559
– (-) cobros realizados pendientes de aplicación definitiva
–
–
555, 558
– (+) pagos realizados pendientes de aplicación definitiva.
–
–
I. Remanente de tesorería total (1 + 2 – 3 + 4)
–
–
–
298,4900,4901,598
II. Saldos de dudoso cobro
–
–
III. Exceso de financiación afectada
–
–
IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I – II – III)
–
–
18.7. Acreedores por operaciones devengadas.
Información sobre los acreedores por operaciones devengadas a 31 de diciembre no recogidas en otros apartados de la memoria, detallada en función de la cuenta representativa de la naturaleza de las operaciones.
ACREEDORES POR OPERACIONES DEVENGADAS
Cuenta
Importe
Observaciones
Total
19. Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios.
1. Indicadores financieros y patrimoniales.
a) Liquidez inmediata: Refleja el porcentaje de deudas presupuestarias y no presupuestarias que pueden atenderse con la liquidez inmediatamente disponible.
Fondos líquidos: Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.
b) Liquidez a corto plazo: Refleja la capacidad que tiene la entidad para atender a corto plazo sus obligaciones pendientes de pago.
c) Liquidez general. Refleja en que medida todos los elementos patrimoniales que componen el activo corriente cubren el pasivo corriente.
d) Endeudamiento por habitante: En las entidades territoriales y sus organismos autónomos, este índice distribuye la deuda total de la entidad entre el número de habitantes.
e) Endeudamiento: Representa la relación entre la totalidad del pasivo exigible (corriente y no corriente) respecto al patrimonio neto más el pasivo total de la entidad.
f) Relación de endeudamiento: Representa la relación existente entre el pasivo corriente y el no corriente.
g) Período medio de pago a acreedores comerciales: Refleja el número de días que por término medio tarda la entidad en pagar a sus acreedores comerciales derivados, en general, de la ejecución de los capítulos 2 y 6 del presupuesto.
Este indicador se obtendrá aplicando las reglas establecidas para calcular el «período medio de pago» a efectos del suministro de información sobre el cumplimiento de los plazos de pago de las entidades locales. Se calculará un único indicador referido a todo el ejercicio y al conjunto de las deudas incluidas en su cálculo.
h) Período medio de cobro: Refleja el número de días que por término medio tarda la entidad en cobrar sus ingresos, es decir, en recaudar sus derechos reconocidos derivados de la ejecución de los capítulos 1 a 3 y 5, excluidos de este último capítulo los ingresos que deriven de operaciones financieras1.
Cada entidad contable deberá calcular el período medio de cobro respecto de los recursos de los que sea titular, salvo cuando la entidad sea titular de recursos gestionados por otro ente público y no disponga de información sobre la totalidad de las operaciones realizadas por el ente gestor. En este caso, el indicador a elaborar por la entidad titular se referirá exclusivamente a los recursos no gestionados por otro ente público, y el ente gestor, además del indicador referido a los recursos de su titularidad, deberá elaborar el indicador referido a los recursos que gestiona por cuenta de otros entes públicos.
1 En consecuencia, para la elaboración del «período medio de cobro», del Capítulo 5 sólo se considerarán los ingresos de los artículos 54 y 55 y del concepto 599 (según codificación de la clasificación económica de los ingresos del presupuesto incluida en el Anexo IV de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales).
i) Ratios de la cuenta del resultado económico patrimonial.
Para la elaboración de las siguientes ratios se tendrán en cuenta las equivalencias con los correspondientes epígrafes de la cuenta del resultado económico patrimonial de la entidad:
ING.TRIB.: Ingresos tributarios y urbanísticos.
TRANSFR.: Transferencias y subvenciones recibidas.
PS.: Prestación de servicios.
G. PERS.: Gastos de personal.
TRANSFC.: Transferencias y subvenciones concedidas.
1) Estructura de los ingresos.
Ingresos de gestión ordinaria (IGOR)
ING. TRIB / IGOR
TRANSFR / IGOR
PS / IGOR
Resto IGOR / IGOR
2) Estructura de los gastos.
Gastos de gestión ordinaria (GGOR)
G. PERS. / GGOR
TRANSFC / GGOR
Resto GGOR / GGOR
3) Cobertura de los gastos corrientes: Pone de manifiesto la relación existente entre los gastos de gestión ordinaria y los ingresos de la misma naturaleza.
2. Indicadores presupuestarios.
a) Del presupuesto de gastos corriente:
1) Ejecución del presupuesto de gastos: Refleja la proporción de los créditos aprobados en el ejercicio que han dado lugar a reconocimiento de obligaciones presupuestarias.
2) Realización de pagos: Refleja la proporción de obligaciones reconocidas en el ejercicio cuyo pago ya se ha realizado al finalizar el mismo con respecto al total de obligaciones reconocidas.
3) Gasto por habitante: Para las entidades territoriales y sus organismos autónomos, este índice distribuye la totalidad del gasto presupuestario realizado en el ejercicio entre los habitantes de la entidad.
4) Inversión por habitante: Para las entidades territoriales y sus organismos autónomos, este índice distribuye la totalidad del gasto presupuestario por operaciones de capital realizado en el ejercicio entre el número de habitantes de la entidad.
5) Esfuerzo inversor: Muestra la proporción que representan las operaciones de capital realizadas en el ejercicio en relación con la totalidad de los gastos presupuestarios realizados en el mismo.
b) Del presupuesto de ingresos corriente:
1) Ejecución del presupuesto de ingresos: Refleja la proporción que sobre los ingresos presupuestarios previstos suponen los ingresos presupuestarios netos, esto es, los derechos reconocidos netos.
2) Realización de cobros: Refleja la proporción que suponen los cobros obtenidos en el ejercicio sobre los derechos reconocidos netos.
3) Autonomía: Muestra la proporción que representan los ingresos presupuestarios realizados en el ejercicio (excepto los derivados de subvenciones y de pasivos financieros) en relación con la totalidad de los ingresos presupuestarios realizados en el mismo.
4) Autonomía fiscal: Refleja la proporción que representan los ingresos presupuestarios de naturaleza tributaria realizados en el ejercicio en relación con la totalidad de los ingresos presupuestarios realizados en el mismo.
5) Superávit (o déficit) por habitante en las entidades territoriales y sus organismos autónomos:
c) De presupuestos cerrados:
1) Realización de pagos: Pone de manifiesto la proporción de pagos que se han efectuado en el ejercicio de las obligaciones pendientes de pago de presupuestos ya cerrados.
2) Realización de cobros: Pone de manifiesto la proporción de cobros que se han efectuado en el ejercicio relativos a derechos pendientes de cobro de presupuestos ya cerrados.
20. Hechos posteriores al cierre.
La entidad informará de:
a) Los hechos posteriores que pongan de manifiesto circunstancias que ya existían en la fecha de cierre del ejercicio y que, por aplicación de las normas de registro y valoración, hayan supuesto la inclusión de un ajuste en las cifras contenidas en los documentos que integran las cuentas anuales.
b) Los hechos posteriores que pongan de manifiesto circunstancias que ya existían en la fecha de cierre del ejercicio que no hayan supuesto, de acuerdo con su naturaleza, la inclusión de un ajuste en las cifras contenidas en las cuentas anuales, si bien la información contenida en la memoria debe ser modificada de acuerdo con dicho hecho posterior.
c) Los hechos posteriores que muestren condiciones que no existían al cierre del ejercicio y que sean de tal importancia que, si no se suministra información al respecto, podría afectar a la capacidad de evaluación de los usuarios de las cuentas anuales.
Se suprime el apartado 18.1.1c) y se añade el 18.7 por el art. 2.1 de la Orden HAC/1364/2018, de 12 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17603
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-17603.
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- Ver la norma completa: Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, de 23 de noviembre.