Tercera. Memoria justificativa que debe acompañar a los convenios.
Tercera de la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios. · BOE-A-2017-15350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-11.
Texto consolidado
La memoria justificativa que acompañe al convenio deberá estar suscrita por el titular del órgano competente por razón de la materia, con rango de director general, o el máximo responsable de la entidad que promueva el convenio, y en ella, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, deberán analizarse, al menos, las siguientes cuestiones:
1. Su necesidad de suscribir el convenio y la oportunidad de hacerlo en ese momento.
2. Su impacto económico cuantificado.
3. La justificación de la naturaleza jurídica del convenio y, en particular, el carácter no contractual de la actividad en cuestión a la que se refiere el objeto del convenio.
4. Justificación del cumplimiento de lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en particular, lo previsto en el artículo 48 de la citada ley.
Más artículos de Orden PRA/1267/2017
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- Ver la norma completa: Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.