Sexto. Órganos competentes.
Sexto de la Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la sede electrónica y se regulan los registros electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. · BOE-A-2009-21051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-30.
Texto consolidado
1. Es responsable de la gestión del Registro Electrónico de la Agencia Tributaria, el Departamento de Informática Tributaria.
2. Corresponde al Director del Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales la aprobación y modificación de la relación de documentos electrónicos normalizados, que sean del ámbito de competencia del registro. Asimismo le corresponde, a propuesta de los Departamento o Servicios correspondientes, la aprobación y modificación de los formularios correspondientes, con especificación de los campos de los mismos de obligada cumplimentación y de los criterios de congruencia de los datos a consignar en el formulario. Los propios formularios deberán marcar de forma precisa los campos obligatorios.
En todo caso se considerará incluidos en esta relación los documentos normalizados aprobados conforme a una norma publicada en el «Boletín Oficial del Estado» que sean de dicho ámbito.
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