Sexto. Cuantía de las ayudas.
Sexto de la Resolución de 26 de diciembre de 2012, de la Mutualidad General Judicial, por la que se establecen los criterios de concesión de las ayudas del Fondo de Asistencia Social. · BOE-A-2012-15731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
La cuantía y extensión de las ayudas, sin perjuicio de las que se establecen como máximos para las concretas situaciones previstas en el epígrafe III, a) y b), de esta Circular, se decidirá dentro de las limitaciones y previsiones presupuestarias por resolución de la Gerencia de esta Mutualidad General Judicial atendidas las circunstancias de cada caso.
No se admitirán solicitudes cuyo gasto producido por el hecho causante resulte inferior a 100 euros, salvo para las ayudas previstas para enfermos crónicos y oncológicos.