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Resolución Vigente

Sexto. Plazos.

Sexto de la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración para la prestación del servicio de llamadas comerciales y se establecen las condiciones para su uso. · BOE-A-2026-8409

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-17.

Texto consolidado

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, los operadores y las empresas que realicen llamadas comerciales efectuarán las actuaciones necesarias, incluyendo la asignación a los operadores de los recursos públicos de numeración correspondientes al rango NXY = 400 y su habilitación en las redes de los operadores, para que dicho rango de numeración esté plenamente operativo en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de la presente resolución.

Una vez cumplido dicho plazo, las llamadas comerciales sólo podrán efectuarse a través del rango NXY = 400 no pudiendo utilizarse desde entonces ningún otro rango de numeración para la realización de llamadas comerciales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-17.

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