Sexto. Incumplimiento.
Sexto de la Orden SND/276/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de determinados medicamentos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-4011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-24.
Texto consolidado
El incumplimiento de las obligaciones previstas en esta orden será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo diez de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
Más artículos de Orden SND/276/2020
- ← Quinto. Priorización de la producción.
- → Séptimo. Actualización.
- Ver la norma completa: Orden SND/276/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de determinados medicamentos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.