Sexto. Consejos Sociales Penitenciarios Locales.
Sexto de la Orden INT/3191/2008, de 4 de noviembre, de creación del Consejo Social Penitenciario y de los Consejos Sociales Penitenciarios Locales. · BOE-A-2008-17967
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-09.
Texto consolidado
Adscrito a cada Centro Penitenciario y Centro de Inserción Social existirá un Consejo Social Penitenciario Local como órgano consultivo de encuentro, participación y asesoramiento de los citados establecimientos penitenciarios y las entidades sociales y organizaciones no gubernamentales que intervienen en el ámbito penitenciario, con la finalidad primordial de fomentar la participación y colaboración del Tercer sector en el desarrollo de las políticas penitenciarias de reinserción social.