Sexto. Tramitación de la documentación.
Sexto de la Orden de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas. · BOE-A-1985-20074
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-05-01.
Texto consolidado
Para la obtención de las certificaciones de autorización especial, ya sea ADR, RID, TPC, TPF o Seguridad, según modelos que figuran en los apéndices 7 al 12 del anexo 4, los titulares de cisternas, contenedores-cisterna o vagones-cisterna deberán presentar en el Organo competente de la Administración Pública, por cualquiera de los procedimientos recogidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la siguiente documentación:
a) Acta para la emisión del certificado de autorización especial en cualquiera de sus modalidades ADR, RID, TPC, TPF o Seguridad, emitida por una Entidad colaboradora, según los modelos que figuran en los apéndices 13 al 18.
b) Informe técnico para la aprobación por parte del Organo competente de la Administración Pública, suscrito por la citada Entidad, como resultado de la inspección efectuada a la unidad.