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Resolución Derogada

Séptimo.

Séptimo de la Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias. · BOE-A-2022-8774

Atención: BOE-A-2022-8774 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La delegación de competencias descrita en la presente resolución se extiende, además:

1. A quienes, en los términos previstos en el Manual de organización y régimen interior de los servicios técnicos de la Mutualidad General Judicial, aprobado por Resolución del Gerente de 4 de marzo de 2022 o norma que lo sustituya, se nombre temporalmente responsables de área por no contar con personal que ostente dicha condición conforme a las previsiones de la correspondiente relación de puestos de trabajo, y hasta que se proceda a su cobertura de forma ordinaria.

2. A aquellos responsables que actúen por sustitución ordinaria entre los titulares de diferentes áreas, previa habilitación para ejercer sus funciones en los ámbitos afectados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-20.

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