Séptimo.
Séptimo de la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. · BOE-A-2004-1512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-28.
Texto consolidado
La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado constituirá y gestionará, con sus propios medios personales y materiales, un Registro Único de Designaciones de Beneficiarios del Subsidio por Defunción, donde figurarán las designaciones formuladas por los mutualistas y sus incidencias, de acuerdo con lo indicado en el número 3 del apartado primero y en el apartado tercero de esta Orden.