Séptima. Aptitud psicofísica.
Séptima de la Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina · BOE-A-2010-5222
Atención: Orden DEF/792/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La aptitud psicofísica se verificará mediante:
a) Pruebas físicas.
b) Pruebas psicológicas.
c) Reconocimiento médico.
2. Las calificaciones que pueden obtenerse en las pruebas físicas y en el reconocimiento médico serán de «apto» o «no apto». En el reconocimiento médico podrá incluirse, además, la de «apto excepto…» especificando el ejército, cuerpo o especialidad para la que resulta no apto.
3. Los declarados «no apto» en las pruebas físicas o en el reconocimiento médico quedarán eliminados del proceso selectivo.
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