Séptima. Convenio de las entidades colaboradoras del Programa de ayuda.
Séptima del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía. · BOJA-b-2017-90330
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-30.
Texto consolidado
1. Los centros adheridos al Programa de ayuda se constituirán como entidades colaboradoras de la Agencia Pública Andaluza de Educación para la entrega y distribución de los fondos públicos a las personas beneficiarias y para la colaboración en la gestión de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en la Base Séptima de las bases reguladoras del citado Programa.
2. A los efectos de lo previsto en el apartado anterior se formalizará un convenio de colaboración entre la persona titular de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación y la persona titular o el representante legal del centro adherido al Programa de ayuda, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por éste como entidad colaboradora.