Segundo. Ámbito.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-14.
Texto consolidado
Esta resolución es aplicable a los operadores a los que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (en adelante, AESA) haya emitido el correspondiente Certificado de Operador Aéreo.
Se extiende por cuatro meses la validez de las verificaciones de línea de los tripulantes de vuelo de acuerdo al requisito ORO.FC.230 c) y/o de los entrenamientos periódicos de gestión de recursos de cabina de vuelo de acuerdo al ORO.FC.230 e)1) y e)2), requisitos establecidos en el Reglamento (UE) N.o 965/2012, de 5 de octubre de 2012, de la Comisión, siempre y cuando se requiera fueran realizados entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de julio de 2020, y se cumplan las condiciones que se establecen en el apartado siguiente.
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- → Tercero. Medidas de mitigación necesarias.
- Ver la norma completa: Resolución de 8 de mayo de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se emite exención, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139, para la extensión de los periodos de validez de las verificaciones de línea y de los entrenamientos periódicos de gestión de recursos de cabina de las tripulaciones de vuelo de los operadores de transporte aéreo comercial, en relación con la situación creada por la crisis global del coronavirus COVID-19.