Segundo. Plazo para la puesta en conocimiento del Consejo Superior de Deportes.
Segundo de la Resolución de 29 de julio de 2008, del Consejo Superior de Deportes, por la que se desarrolla el procedimiento de voto electrónico previsto en la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre. · BOE-A-2008-14801
Atención: BOE-A-2008-14801 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Junta Electoral de la Federación deberá poner en conocimiento del Consejo Superior de Deportes si alguno de los candidatos a la Presidencia ha solicitado la utilización de este sistema de votación con una antelación de 15 días a la reunión de la Asamblea General en la que se elija a su Presidente.