Segundo. Ámbito de aplicación.
Segundo de la Resolución de 28 de julio de 2005, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de julio de 2005, por el que se aprueban las Directrices de técnica normativa. · BOE-A-2005-13020
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-30.
Texto consolidado
Las Directrices se aplicarán a los anteproyectos de ley, proyectos de real decreto legislativo, de real decreto-ley y de real decreto, propuestas de acuerdo del Consejo de Ministros y, en todo lo que sea posible, a las disposiciones y actos administrativos de los órganos de la Administración General del Estado que se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado».
Más artículos de BOE-A-2005-13020
- ← Primero. Aprobación de las Directrices.
- → Tercero. Colaboración con las Secretarías Generales Técnicas.
- Ver la norma completa: Resolución de 28 de julio de 2005, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de julio de 2005, por el que se aprueban las Directrices de técnica normativa.