Segundo. Creación de Equipos de Estudio del Fraude en los Departamentos de Recaudación y Gestión Tributaria.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-11-07.
Texto consolidado
Con la finalidad de analizar la problemática específica del fraude fiscal en lo que se refiere a los cometidos de control respectivos, existirán sendos Equipos de Estudio del Fraude en los Departamentos de Recaudación y de Gestión Tributaria.
El Equipo de Estudio del Fraude del Departamento de Recaudación Tributaria se especializará en el análisis y propuesta de sistemas de prevención y corrección de fraudes en la fase recaudatoria, así como de aquellos comportamientos tendentes a evitar el pago del impuesto mediante fórmulas tales como el alzamiento de bienes, la sucesión de empresas, la interposición de testaferros y otras.
El Equipo de Estudio del Fraude del Departamento de Gestión Tributaria tendrá como cometido la propuesta de sistemas de control relativos a las modalidades de fraude que son objeto de atención preferente por este Departamento, con atención específica al desarrollo de métodos de investigación censal, así como los referidos a la aplicación de los regímenes de estimación objetiva.
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- Ver la norma completa: Resolución de 27 de octubre de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la Oficina Nacional de Investigación del Fraude en el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, se crean equipos de estudio del fraude en los Departamentos de Recaudación y Gestión Tributaria, se ordena la elaboración del Plan General de Control Tributario y se modifica la Resolución de 24 de marzo de 1992 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.