Segundo. Criterios de uso.
Segundo de la Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de vicepresidencias del Gobierno y departamentos ministeriales de la Administración General del Estado. · BOE-A-2024-6708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-05.
Texto consolidado
La utilización de los logotipos se ajustará a lo establecido en el anexo II de esta resolución y en lo relativo a formas, colores y proporciones se estará a lo dispuesto en el Manual de Imagen Institucional. Las aclaraciones sobre uso de los logotipos aprobados, así como el suministro de los elementos y soportes necesarios, podrán solicitarse en la dirección de correo imagen.institucional@correo.gob.es de la Dirección General de Gobernanza Pública.
Asimismo, las nuevas configuraciones están disponibles en el Portal de Imagen Institucional cuya dirección es http://imagen.funciona.es, accesible únicamente a través de la Intranet Administrativa (Red Sara).
Más artículos de BOE-A-2024-6708
- ← Primero. Construcción de escudo y logotipo de las vicepresidencias del Gobierno y los departamentos ministeriales.
- → Tercero. Eficacia.
- Ver la norma completa: Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de vicepresidencias del Gobierno y departamentos ministeriales de la Administración General del Estado.