Segundo.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-04-22.
Texto consolidado
Mantenimiento de las medidas que garanticen, según establece el RSI-2005, la respuesta inmediata ante cualquier evento que pueda constituir una emergencia de salud pública de importancia internacional en los puntos de entrada designados:
1. Establecimiento de los procedimientos para la actuación las 24 horas de los servicios de sanidad exterior en los puntos de entrada designados.
2. Mantenimiento del equipamiento básico para afrontar cualquier emergencia de salud pública de importancia internacional.
3. Los medios necesarios, en los servicios centrales del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, para dar apoyo a las actividades que se realicen en los servicios de sanidad exterior.
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- Ver la norma completa: Resolución de 25 de marzo de 2014, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de marzo de 2014, por el que se establecen los puertos y aeropuertos españoles designados como "puntos de entrada con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional", según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005).