Segundo. Régimen sancionador.
Segundo de la Resolución de 24 de enero de 2014, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2014. · BOE-A-2014-1095
Atención: BOE-A-2014-1095 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las transgresiones a las medidas de regulación contenidas en la presente Resolución, se sancionarán, en su caso, con arreglo a lo prevenido en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Asimismo, los Agentes de la Autoridad responsables de la vigilancia y disciplina del tráfico podrán establecer la parada obligatoria del vehículo cuando su circulación cause riesgo o perturbaciones graves al normal desarrollo del tráfico rodado, y, si fuera necesario, procederán a su retirada y depósito, hasta que cese la prohibición o se autorice su marcha.