Segundo.
Segundo de la Resolución de 23 de mayo de 2012, de la Subsecretaría, de creación de sello electrónico para su utilización por la Dirección General del Catastro. · BOE-A-2012-7577
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-07.
Texto consolidado
El Sello Electrónico de la Dirección General del Catastro podrá ser utilizado para la identificación y autenticación del ejercicio de la competencia en las siguientes actuaciones administrativas automatizadas, aprobadas mediante resolución del citado centro directivo y publicadas en su sede electrónica:
a) Intercambio de información con otras Administraciones tributarias.
b) Intercambio de información con otras Administraciones, corporaciones, entidades e instituciones públicas.
c) Procesos de sellado de documentos electrónicos, al objeto de facilitar su interoperabilidad, conservación y legibilidad.