Segundo. Régimen sancionador.
Segundo de la Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2023. · BOE-A-2023-2159
Atención: BOE-A-2023-2159 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El incumplimiento de las medidas contempladas en esta Resolución que tengan la consideración de infracción conforme a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se sancionará en la forma prevista en dicha norma.
Los Agentes de la Autoridad encargados de la gestión del tráfico podrán proceder, si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe, siempre que constituya peligro o cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones, conforme al artículo 105 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.