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Resolución Derogada

Segundo.

Segundo de la Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se establecen las condiciones para la prestación y se adjudica de forma directa el servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19. · BOE-A-2020-3949

Atención: BOE-A-2020-3949 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Determinar la adjudicación directa de la prestación de servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19 a la Compañía AIR EUROPA, S.A., con CIF: A07129430, por importe de ciento seis mil cuatrocientos ochenta euros (106.480,00 €), de conformidad con las condiciones señaladas anteriormente.

El contrato a celebrar con la citada Compañía para atender la prestación de servicio se tramitará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-20.

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