Segundo. Incorporación al Plan Estatal General de Emergencias de protección civil.
Segundo de la Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 18 de mayo de 2021, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos. · BOE-A-2021-8361
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-20.
Texto consolidado
El Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos se incorpora al Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil, como un anexo del mismo, siéndole en todo caso de aplicación lo dispuesto en sus capítulos 1 (disposiciones generales), 5 (órganos de gestión), 9 (integración) y 10 (implantación, mantenimiento y evaluación).
Más artículos de BOE-A-2021-8361
- ← Primero. Aprobación del Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos.
- → Tercero. Análisis de peligrosidad y protocolo de avisos de fenómenos susceptibles de generar maremotos.
- Ver la norma completa: Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 18 de mayo de 2021, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos.