Segundo. Efectos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-25.
Texto consolidado
La autorización de la evaluación a distancia por medios telemáticos de las pruebas de idoneidad solo tendrá efectos durante la vigencia del de estado de alarma, y en tanto se mantengan las limitaciones a la libertad de circulación de personas a que se refiere el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y se permita su celebración de modo presencial. No obstante, podrán continuar bajo la modalidad a distancia las pruebas que hubieran comenzado antes de la finalización del estado de alarma.
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- Ver la norma completa: Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se autoriza la celebración, por medios telemáticos, de las pruebas de idoneidad para la obtención de los diferentes títulos profesionales de la marina mercante durante la vigencia del estado de alarma declarado para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.