Segundo. Efectos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-16.
Texto consolidado
La autorización de la formación marítima teórica en las modalidades a distancia y «on line» solo tendrá efectos durante la vigencia del de estado de alarma, y en tanto se mantengan las limitaciones a la libertad de circulación de personas a que se refiere el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. No obstante, podrán continuar bajo estas modalidades los cursos que hubieran comenzado antes de la finalización del estado de alarma o bien acordarse su continuación ya de forma presencial.
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- Ver la norma completa: Resolución de 13 de abril de 2020, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se autoriza la formación marítima teórica en las modalidades a distancia y "on line" durante la vigencia del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.