Segundo. Prórroga de la validez de los certificados expedidos en el ámbito de la metrología.
Segundo de la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica. · BOE-A-2020-4321
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-07.
Texto consolidado
Los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.
Más artículos de Orden SND/325/2020
- ← Primero. Prórroga de la validez de los certificados expedidos en el ámbito de la seguridad industrial.
- → Tercero. Aplicación del permiso retribuido recuperable.
- Ver la norma completa: Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica.