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Orden Derogada

Segundo. Delegación de competencias por la persona titular del Departamento en relación con los límites fijados.

Segundo de la Orden PCM/61/2021, de 26 de enero, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. · BOE-A-2021-1247

Atención: Orden PCM/61/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se delegan por la persona titular del ministerio en las personas titulares de las Secretarías de Estado las competencias previstas en el artículo 62.2.j), y en el artículo 62.2.h) de dicha Ley cuando se superen los límites establecidos en el apartado primero.

Se exceptúan de esta delegación las modificaciones presupuestarias y los créditos para gastos del Ministerio correspondientes a los anticipos reintegrables, los créditos del Capítulo 1 y las aportaciones al plan de pensiones que éste realice como entidad promotora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-29.

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