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Orden Vigente

Segundo. Importe máximo de las apuestas en cada mano del juego de punto y banca.

Segundo de la Orden EHA/3086/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica del juego de punto y banca. · BOE-A-2011-17970

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-18.

Texto consolidado

Se establece un importe máximo de treinta euros para las apuestas que un mismo participante puede realizar, cuando no esté en posesión de la banca, en cada mano del juego de punto y banca en que participe.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-18.

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