Segundo. Ámbito de aplicación.
Segundo de la Orden ECO/3721/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el código de conducta para las mutuas de seguros y mutualidades de previsión social en materia de inversiones financieras temporales. · BOE-A-2004-317
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-09.
Texto consolidado
Este Código de Conducta se aplicará a las mutuas de seguros y mutualidades de previsión social sometidas a la supervisión del Ministerio de Economía en los términos del artículo 69 de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.