Segundo.
Segundo de la Orden de 8 de noviembre de 1994 por la que se determinan los veterinarios oficiales competentes para realizar los controles de animales y productos de origen animal previstos en los Reales Decretos 1430/1992, de 27 de noviembre y 2022/1993, de 19 de noviembre. · BOE-A-1994-24966
Atención: BOE-A-1994-24966 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los veterinarios oficiales que resulten competentes, según lo establecido en el apartado anterior, aplicarán y ejecutarán, en el desarrollo de sus funciones, cuantos actos o resoluciones se dicten por el Ministerio de Sanidad y Consumo en lo referente a materias de salud pública y por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en lo referente a materias de sanidad animal.
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