Segundo.
Segundo de la Orden de 29 de febrero de 1988 sobre el Sistema Nacional de Compensación Electrónica. · BOE-A-1988-5819
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-03-28.
Texto consolidado
En el plazo de quince días desde la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los Organismos y Entidades representados en la Comisión Asesora a la que hace referencia en el artículo 2.º del Real Decreto 1369/1987, comunicarán al Banco de España el nombre o nombres de sus representantes, quien lo pondrá en conocimiento del Ministro de Economía y Hacienda junto con el del suyo propio.
Igualmente y en el plazo de cuarenta y cinco días desde la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», quedará constituida la Comisión Asesora prevista en el artículo segundo, 2, del Real Decreto 1369/1987, que en su primera reunión acordará las reglas precisas para su funcionamiento.