Segundo. Modificación de la Orden de 19 de junio de 1997 sobre requisitos de admisión a negociación en Bolsas de Valores.
Segundo de la Orden de 22 de diciembre de 1999 por la que se crea un segmento especial de negociación en las Bolsas de Valores denominado "Nuevo Mercado" y se modifican los requisitos de admisión a Bolsa. · BOE-A-1999-24791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-31.
Texto consolidado
La letra a) del número primero de la Orden quedará como sigue:
«a) Que la entidad emisora, con independencia del plazo que haya transcurrido desde su constitución, aporte un informe a la Comisión Nacional del Mercado de Valores de su órgano de administración sobre las perspectivas de negocio y financieras de la entidad y sobre las consecuencias que, a su particular juicio, tendrán sobre la evolución de sus resultados en los ejercicios venideros. Dicha información deberá incluirse en la información que la Comisión Nacional del Mercado de Valores registre y ponga a disposición del público con ocasión de la verificación del folleto correspondiente, con el fin de que el mercado y los potenciales inversores puedan obtener una imagen adecuada de la inversión en dichos valores.»
Más artículos de BOE-A-1999-24791
- ← Primero. Creación de un segmento especial de negociación en las Bolsas de Valores denominado «Nuevo Mercado».
- → DISPOSICIÓN TRANSITORIA
- Ver la norma completa: Orden de 22 de diciembre de 1999 por la que se crea un segmento especial de negociación en las Bolsas de Valores denominado "Nuevo Mercado" y se modifican los requisitos de admisión a Bolsa.