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Orden Derogada

Segundo.

Segundo de la Orden de 18 de enero de 1993 sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo. · BOE-A-1993-1654

Atención: BOE-A-1993-1654 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se considerarán igualmente prohibidas o restringidas al vuelo las aguas interiores que correspondan a estas zonas y solamente cuando se especifiquen, en cada caso concreto, las aguas territoriales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-01-24.

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