Segundo.
Segundo de la Orden de 18 de diciembre de 1998 por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias. · BOE-A-1998-30169
Atención: BOE-A-1998-30169 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El uso del uniforme es obligatorio en los destinos y servicios que a continuación se indican:
a) Para todo el personal funcionario del área de vigilancia-servicio interior, área mixta, coordinadores de producción y gestores de producción.
b) Para el personal funcionario que preste servicios en otros destinos, cuando el Director general así lo disponga.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-18445.