Segundo.
Segundo de la Orden de 10 de marzo de 1994 por la que se dispone la aplicación a las federaciones deportivas españolas de las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad aprobadas por el Ministerio de Economía y Hacienda. · BOE-A-1994-6616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-13.
Texto consolidado
Lo dispuesto en la presente Orden entrará en vigor y será de aplicación en todo caso a partir del primer ejercicio económico que se inicie después del 31 de diciembre de 1994.
Se amplia el plazo de aplicación hasta el primer ejercicio económico que se inicie después del 31 de diciembre de 1995, respecto de aquellas federaciones deportivas españolas que así lo soliciten expresamente del Consejo Superior de Deportes, antes del 1 de junio de 1995, por el art. 1 de la Orden de 26 de abril de 1995. Ref. BOE-A-1995-11424.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1995-11424.