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Orden Derogada

Segundo.

Segundo de la Orden 124/1995, de 8 de septiembre, por la que se regulan los registros generales existentes en el Ministerio de Defensa. · BOE-A-1995-20993

Atención: Orden 124/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

No obstante lo establecido en el punto anterior, cada uno de los órganos administrativos y organismos autónomos mencionados podrá crear, dentro de las unidades administrativas correspondientes de su propia organización, siempre que sean estrictamente necesarios y no produzcan retraso en la tramitación de los procedimientos, otros registros auxiliares de su respectivo registro general, al que comunicarán toda anotación que efectúen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-10-01.

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