Segundo.
Segundo de la Instrucción de 14 de abril de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre certificado de nacionalidad española. · BOE-A-1999-9650
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-30.
Texto consolidado
El certificado hará fe salvo prueba en contrario de que en el día de la fecha determinada persona, identificada suficientemente por su nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, tiene la nacionalidad española.