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Real Decreto Vigente

Segunda.

Segunda del Real Decreto 795/1989, de 23 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto de Astrofísica de Canarias. · BOE-A-1989-15483

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-05.

Texto consolidado

Los funcionarios pertenecientes a la Escala a extinguir de Astrofísicos adjuntos podrán integrarse en las Escalas de Colaboradores Científicos o Titulados Superiores Especializados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en las condiciones que establece el artículo 22.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas Urgentes para la Reforma de la Función Pública, en la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio. La citada integración se produciría en un plazo no superior a cuatro años.

Lo dispuesto en esta disposición se entenderá sin perjuicio de las integraciones que, de acuerdo con el precepto antes citado, pudieran en su día determinarse.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-05.

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