Segunda.
Segunda del Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario. · BOE-A-1990-26490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-11-02.
Texto consolidado
Queda facultado el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar el contenido de los anexos del presente Real Decreto, cuando su adaptación al progreso técnico y científico lo requiera, y conforme a las previsiones y procedimientos establecidos en la normativa comunitaria.