Segunda. Propuestas de concesión de las recompensas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-24.
Texto consolidado
En la propuesta de concesión de cualquiera de las recompensas mencionadas en la norma anterior figurarán los datos siguientes:
1. Datos generales de la propuesta:
a) Recompensa a conceder: Cruz del Mérito Militar, del Mérito Naval o del Mérito Aeronáutico, como Gran Cruz o como Cruz, con distintivo blanco, o Mención honorífica.
b) Exposición clara y detallada de los actos, hechos, servicios, méritos o trabajos distinguidos que motivan la propuesta, que deberá estar basada en datos objetivos y valorados con rigor, evitando, en todo caso, expresiones genéricas y describiendo, si la hubiera, la situación extraordinaria en la que se encontrara la persona propuesta.
2. Datos del Jefe de la Unidad, Centro u Organismo que formula la propuesta inicial:
a) Nombre y apellidos.
b) Empleo, Ejército, Cuerpo, Escala y, en su caso, especialidad fundamental.
c) Cargo o puesto de trabajo que ocupa y Unidad, Centro u Organismo de destino.
3. Datos de la persona propuesta:
a) Nombre y apellidos.
b) Nacionalidad.
c) Lugar y fecha de nacimiento.
d) Número de documento nacional de identidad o pasaporte.
e) Personal militar: Empleo, Ejército, Cuerpo, Escala y, en su caso, especialidad fundamental.
f) Personal civil funcionario: Cuerpo, escala, grupo de clasificación y puesto que desempeña.
g) Personal laboral: Grupo y categoría profesional y puesto que desempeña.
h) Personal civil no funcionario ni laboral: Dirección particular y, en su caso, categoría y actividad profesional.
i) Órdenes españolas a las que pertenece, categoría que ostenta y fecha de ingreso en las mismas.
j) Recompensas y Condecoraciones que posee y fecha de concesión de las mismas.
Más artículos de Orden DEF/3594/2003
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- → Tercera. Limitaciones en la concesión de recompensas.
- Ver la norma completa: Orden DEF/3594/2003, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las normas para la tramitación y concesión ordinaria de las Cruces del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico, con distintivo blanco, y de las menciones honoríficas, la delegación de competencias en esta materia, y el uso de las condecoraciones representativas de las recompensas.