Segunda.
Segunda de la Ley 45/1983, de 29 de diciembre, por la que se determinan los índices multiplicadores de los Cuerpos Unicos de la Carrera Judicial, de la Carrera Fiscal y del Secretariado de la Administración de Justicia. · BOE-A-1983-34168
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-30.
Texto consolidado
No obstante lo establecido en la disposición anterior, los efectos de los nuevos índices multiplicadores que se fijan en esta Ley se retrotraerán, para quienes hubieran sido promovidos o integrados en una categoría o grado superior, a la fecha en que tuvo lugar la promoción integración.