Segunda.
Segunda de la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución. · BOE-A-2010-15317
Atención: BOE-A-2010-15317 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En ningún caso se admitirá como título apto para la inscripción del nacimiento y filiación del nacido, una certificación registral extranjera o la simple declaración, acompañada de certificación médica relativa al nacimiento del menor en la que no conste la identidad de la madre gestante.