Regla transitoria primera.
Regla transitoria primera de la Resolución de 9 de mayo de 2018, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de producción de energía eléctrica. · BOE-A-2018-6295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-12.
Texto consolidado
Los representantes y agentes del mercado dispondrán de un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente resolución para adaptarse a lo dispuesto en la regla de «Alta de las unidades de venta o de adquisición en el Sistema de Información del Operador del Mercado» sobre nueva configuración de las unidades de oferta.
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