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Real Decreto Vigente 2 redacciones

REGLA NÚMERO 4

REGLA NÚMERO 4 del Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos. · BOE-A-1977-14944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-31.

Texto consolidado

Estandarte de Su Alteza Real la Princesa de Asturias

1. Descripción

Será una bandera cuadra de igual color que el Guión(*) y con su misma composición, sin el cordoncillo de oro ni fleco.

2. Colores

Estandarte: color azul del fondo de la bandera del Principado de Asturias.(*)

Escudo: en sus esmaltes.

3. Tipos

Número 1-a, 1.600 milímetros.

Número 2-a, 1.200 milímetros.

Número 3-a, 1.000 milímetros.

Número 4-a, 800 milímetros.

Número 5-a, 400 milímetros.

4. Confección

Será de tejido fuerte de lanilla o de fibra sintética, estampado o con sobrepuestos por ambas partes.

5. Usos

Gala

Diario

Días de mal tiempo

Palacios

1

2

4

Campamentos y aeródromos

2

3

4

Buques de más de 5.000 toneladas

1

2

4

Buques de 5.000 a 1.000 toneladas

2

3

4

Buques y embarcaciones inferiores a 1.000 toneladas

3

4

4

Aeronaves y vehículos terrestres

5

5

5

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 979/2015, de 30 de octubre, por el que se crean el Guión y el Estandarte de Su Alteza Real la Princesa de Asturias, y se modifica el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, aprobado por Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero..

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