Regla 83. Disposiciones generales.
Regla 83 de la Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. · BOE-A-2014-9469
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-18.
Texto consolidado
1. Los documentos de resumen contable específicos que forman parte del subsistema de gastos plurianuales son el mayor de cuentas y el estado de liquidación del presupuesto.
2. El mayor de cuentas se obtendrá en todos los centros de gestión y tiene por objeto justificar todas y cada una de las operaciones anotadas en las mismas. Se abrirá cuenta de cada concepto, subconcepto o partida presupuestaria que constituya el máximo nivel de desagregación, con separación por áreas, grupos de programas y programas, referido todo ello a un determinado centro de gestión, obteniéndose con la periodicidad que resulte aconsejable y siempre en fin de ejercicio. El mayor hará referencia al NRGD del documento a que corresponde cada anotación.
3. El estado de liquidación del presupuesto de gastos constituye el resumen acumulado de las operaciones y saldos que afectan a cada epígrafe presupuestario de gasto, clasificados por áreas, grupos de programas y programas.
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- Ver la norma completa: Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.