Regla 65. Disposiciones generales.
Regla 65 de la Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. · BOE-A-2014-9469
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-18.
Texto consolidado
1. Los documentos de resumen contable específicos que forman parte de Tesorería son el mayor auxiliar de cuentas corrientes bancarias y el estado demostrativo de cuentas corrientes bancarias.
2. En el mayor auxiliar de cuentas corrientes bancarias se abrirá cuenta a cada cuenta corriente bancaria abierta en las diferentes instituciones financieras, incluidas las cuentas límite de pago, referido todo ello a un determinado centro de gestión, editándose con la periodicidad que resulte aconsejable y siempre en fin de ejercicio.
3. El estado demostrativo de cuentas corrientes bancarias constituye el resumen acumulado de las operaciones y saldos que afectan a cada cuenta bancaria y a la caja del fondo de maniobra.
Más artículos de BOE-A-2014-9469
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- Ver la norma completa: Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.