Regla 45. Delimitación de la Cuenta General.
Regla 45 de la Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, de 23 de noviembre. · BOE-A-2013-10269
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
1. La Cuenta General de la entidad local mostrará la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados y de la ejecución del presupuesto.
2. La Cuenta General estará integrada por:
a) La Cuenta de la propia entidad.
b) La Cuenta de los organismos autónomos.
c) Las cuentas anuales de las sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de la entidad local.
d) Las cuentas anuales de las entidades públicas empresariales.
3. Cada uno de los sujetos contables a que se refiere el apartado anterior deberá elaborar sus propias cuentas anuales de acuerdo con lo previsto en las reglas siguientes.
Más artículos de Orden HAP/1782/2013
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- → Regla 46. La Cuenta de la propia entidad local y la Cuenta de los organismos autónomos.
- Ver la norma completa: Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, de 23 de noviembre.