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Orden Vigente

Regla 37 bis. Remisión de las cuentas anuales formuladas al Tribunal de Cuentas.

Regla 37 bis de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado. · BOE-A-2011-12561

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-19.

Texto consolidado

Una vez recibido el fichero informático que se señala en el punto 1 de la regla 34, relativo a las cuentas formuladas, la Intervención General de la Administración del Estado lo pondrá a disposición del Tribunal de Cuentas, dentro del plazo y a través de los medios o el soporte que convengan entre ambas partes.

Esta regla será aplicable a las cuentas anuales del ejercicio 2015, según establece la disposición final única de la citada Orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-19.

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