Regla 26. Confidencialidad y publicación de la información
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-04.
Texto consolidado
Todos los miembros del Comité de Agentes del Mercado estarán sometidos a las correspondientes obligaciones de confidencialidad respecto a las deliberaciones que tengan lugar en sus reuniones.
La información de la actividad del Comité de Agentes del Mercado estará disponible para todos sus miembros. Dicha información será publicada en la web del operador del mercado, pudiéndose acceder a la misma a través de la correspondiente acreditación que será proporcionada por el operador del mercado.
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- Ver la norma completa: Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación al régimen económico de energías renovables y evolución del comité de agentes del mercado.